Bariloche: Condenan a la Mutual Germán Abdala por no construir viviendas
El juez civil Santiago Morán admitió la demanda contra la entidad por el incumplimiento del convenio por el cual debía gestionar el financiamiento para edificar 32 casas en el proyecto Valle Azul II.
Treinta dos familias de la Cooperativa del Centro Atómico Bariloche que vieron frustrado el sueño de la casa propia deberán esperar ahora la indemnización correspondiente por los daños y perjuicios ocasionados.
El juez civil de primera instancia de esta ciudad Santiago Morán admitió la demanda que los asociados a esa cooperativa promovieron contra la Asociación Mutual Germán Abdala de los Trabajadores de la Provincia de Buenos Aires, que deberá pagarles 633.600 pesos en total, en concepto de capital, mas los intereses que se devenguen hasta su efectivo pago por el incumplimiento contractual.
Morán dictó el fallo el 30 de abril pasado. Recordó que Luis Horacio Arnaldi y otros iniciaron la demanda y solicitaron la rescisión del contrato y la indemnización por los daños y perjuicios por la suma de 633.600 pesos contra la Mutual Germán Abdala.
Los demandantes afirmaron que la Cooperativa del Centro Atómico Bariloche suscribió con la Mutual un convenio de reciprocidad mediante el cual sus asociados podrían acceder a una vivienda. Dijeron que la mutual se comprometió a gestionar con el Fondo Pellegrini la financiación tendiente a la construcción de 32 viviendas y que el financiamiento del proyecto provendría de aportes iniciales de cada asociado y el pago restante para financiar el pago de las tierras provendría de un fideicomiso.
En la demanda indicaron que cada uno de los afiliados de la Cooperativa abonó 9.200 pesos, a valores de hace más de 6 años.
Señalaron que luego de varias gestiones que hicieron con la finalidad de comprobar el avance del trabajo comprometido por la Mutual, advirtieron que ésta no había cumplido con su obligación.
Morán indicó en la sentencia que se declaró la rebeldía de la demandada. Por lo tanto, los hechos invocados por los demandantes se tuvieron por ciertos tal como lo prevé la normativa vigente.
“Como consecuencia de ello, cabe tener por cierto que la demandada se obligó a gestionar con el Fondo de Inversión Pellegrini la financiación tendiente a la construcción de 32 viviendas dentro del conjunto habitacional «Valle Azul II» en favor de los actores”, indicó el juez.
En Bariloche hubo otras cooperativas que se vincularon con la Mutual Germán Abdala para acceder al sueño de la casa propia, que quedó a medio camino. Muchas familias accedieron al terreno, pero no a la vivienda comprometida.
Hubo hasta una causa penal donde estuvieron bajo la lupa algunos dirigentes políticos que en la gestión kirchnerista ocuparon espacio en los primeros planos de la política local, pero la investigación no avanzó.
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“A tal fin, cada uno de los ellos abonó la suma de 9.200 pesos -un pago de $ 5000 y doce cuotas de $ 350– en concepto de compra de la cuota parte del Fondo Pellegrini y de infraestructura, que la demandada no cumplió con la obligación asumida y que, en función de ello, la Cooperativa del Centro Atómico rescindió el vínculo”, destacó en el fallo al que accedió “Río Negro”.
Para el juez, los demandantes “se encuentran legitimados para requerir la devolución del dinero abonado por ellos por cuanto, resultan beneficiarios del convenio de reciprocidad firmado entre la mutual Germán Abdala y la Cooperativa del Centro atómico”.
“Verificado el incumplimiento de la promesa asumida y resuelto el convenio, los actores cuentan con derecho a reclamar el pago de las sumas abonadas y el daño ocasionado por el incumplimiento”, concluyó el juez.
Morán admitió el reclamo por el daño moral causado por el incumplimiento. “La situación planteada, en cuanto a sus repercusiones, trasciende las simples molestias generadas por el incumplimiento contractual, pues éste desbarató las expectativas de los actores de acceder a un bien tan preciado como lo es la vivienda propia”, señaló en la sentencia.
“Nada impide pensar que dicho incumplimiento generó un quebrantamiento de bienes inmateriales, como son de la paz y la tranquilidad de los actores que, como es consecuencia del obrar ilícito de la demandada, merece ser indemnizado”, afirmó.
“En virtud de lo expuesto, corresponde hacer lugar a la acción interpuesta y condenar a la demandada a abonar la suma de 633.600 pesos a los actores -a razón de $ 19.200 a favor de cada uno de ellos- en concepto de capital, con más los intereses que corridos desde la fecha en que cada uno de los pagos fue efectuado, hasta su efectivo pago, según las tasas fijadas por el STJ en sus respectivos pronunciamientos”, concluyó Morán.
Treinta dos familias de la Cooperativa del Centro Atómico Bariloche que vieron frustrado el sueño de la casa propia deberán esperar ahora la indemnización correspondiente por los daños y perjuicios ocasionados.
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