Confieso
Si tiene cola de perro, patas de perro y orejas de perro, es probable que se trate de un perro. Pero en ocasiones, tanta obviedad traiciona y uno cae en el desliz. Esta ha de ser una nota que confiesa tal culpa, con regusto amargo. Es que al paso del tiempo, puede que la realidad sea peor que la imaginada desde el error…
El 19 de junio de 2005 y con el título «Tiempos Raros», esta columna se refería a una curiosa dilación del Tribunal Superior de Justicia del Neuquén. A siete meses vista -por entonces- seguía sin decidir sobre si era constitucional o no el artículo 189 de la Carta Orgánica Municipal y el llamado a elecciones de 20 convencionales, para la reforma de ese instrumento.
En octubre de 2004, el abogado sanmartinense Daniel Vita, de reconocida ligazón emepenista y luego postulado a juez de cámara, planteó un recurso por entender que había colisión con el artículo 187 de la Constitución provincial, que fijaba hasta 15 cargos para una convención municipal, según la cantidad de habitantes.
El TSJ acogió la presentación y en noviembre mandó suspender la convocatoria, hasta resolver la cuestión de fondo. Luego, como se dijo, pasaron siete meses sin novedad.
En aquella columna periodística se deslizaba una notoria coincidencia entre la demora de los jueces y los tiempos de las elecciones a Convención provincial.
Era sabido que el gobierno neuquino tenía por tesis la inconveniencia de que la reforma local se realizara antes que la de la Constitución provincial, puesto que luego pudiera haber necesidad de contramarchas y adecuaciones.
Al mismo tiempo, eran conocidas e intensas las diferencias políticas entre el gobierno provincial y el local, el uno comandado por un hombre que aspira a la Casa Rosada, y el otro por un intendente del riñón de su actual inquilino. Por último, no pasaba inadvertido que quien cuestionaba la constitucionalidad de la Carta Orgánica, era un abogado que la había aprobado siendo convencional por el MPN en 1989.
Como dos más dos suelen ser cuatro, este cronista especuló que la demora de los jueces neuquinos sonaba a ardid para bloquear la convención local, según los intereses del Ejecutivo provincial.
Pero ha pasado el tiempo. La Convención Constituyente neuquina se realizó este año; los resquemores domésticos no son ahora determinantes en este asunto, y el TSJ sigue sin dar señales de vida.
Inevitable es, entonces, admitir que la urdiembre adjudicada a los jueces, con menoscabo de su independencia de criterio, resultó injustificada.
En cambio, lo que sí puede decirse en este tópico, es que el tribunal neuquino demuestra una dejadez pasmosa, un desinterés impropio del respeto que cualquier causa que llegue a sus manos merece, tanto más una cuya raíz es la autonomía municipal. Ya han pasado 21 meses sin definición.
Los jueces sólo tienen que comparar un artículo con el otro, el de la Carta Orgánica y el de la Constitución, ahora reformada. En cualquier caso deberían pronunciarse, incluso cuando el fondo de la cuestión resulte abstracto a partir de la última reforma, pues sobre la comuna sigue pesando la orden cautelar que ordenó suspender las elecciones.
Confieso el error. Pero no sé qué angustia más: si haber visto intrigas donde, al parecer, no las había, o enfrentar la realidad de que a los máximos jueces les importa un bledo el constitucional derecho de los vecinos de un municipio a reformar su Carta Orgánica, lo que ellos impiden con su inexplicable silencio.
FERNANDO BRAVO
rionegro@smandes.com.ar
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