ARCA lanza “IVA Simple”: cómo funcionará el nuevo sistema digital obligatorio desde noviembre 2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero oficializó un nuevo procedimiento electrónico integral para la presentación del IVA. Reemplazará formularios tradicionales y aplicaciones anteriores a partir del periodo fiscal de noviembre.
La implementación del sistema “IVA Simple” fue confirmada a través de la Resolución General 5705/2025, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el titular del organismo, Juan Alberto Pazo. “Se estima conveniente simplificar la determinación del impuesto al valor agregado a partir de un único procedimiento electrónico integral y asistido”, indica el texto. El nuevo formulario digital F. 2051 será obligatorio para los períodos fiscales desde noviembre de 2025, mientras que entre junio y octubre podrá utilizarse de forma optativa.
El cambio busca unificar los regímenes vigentes bajo una sola plataforma online, denominada “Portal IVA”, que permitirá generar y presentar las declaraciones juradas con mayor asistencia digital. La resolución impacta sobre todos los responsables inscriptos en el tributo.
Para gestionar el nuevo sistema se debe acceder a Portal IVA en www.arca.gob.ar con clave fiscal nivel 3 o superior. Allí se sustituirán los formularios previos (F. 731, F. 810 y F. 2002) y el sistema permitirá validar, ajustar o eliminar datos precargados automáticamente por el organismo.
Qué dice la normativa sobre los eximidos de IVA Simple
Según la normativa, quienes opten por utilizar el nuevo portal entre junio y octubre quedarán eximidos de la obligación de llevar el “Libro IVA Digital”. La medida busca facilitar el cumplimiento fiscal, centralizando en un solo canal los datos de retenciones, percepciones, comprobantes emitidos y otros movimientos impositivos del contribuyente.
El F. 2051 se presentará mensualmente conforme al cronograma vigente y el saldo deberá ingresarse según los medios habilitados. Los sistemas anteriores podrán utilizarse hasta octubre únicamente para períodos previos, mientras que todas las resoluciones anteriores vinculadas quedarán derogadas desde diciembre 2025.
Portal IVA: el nuevo canal unificado de gestión tributaria
El “Portal IVA” será el entorno exclusivo para la presentación del impuesto al valor agregado, con una interfaz que asistirá al contribuyente en la carga y validación de datos. Allí estarán disponibles los comprobantes emitidos y recibidos que ARCA tenga registrados, además de percepciones, retenciones y pagos a cuenta.
Las operaciones podrán ajustarse de manera manual o por carga de archivos. La información precargada no elimina la posibilidad de fiscalización posterior por parte del organismo, según advierte la normativa oficial.
Qué formularios y resoluciones quedan sin efecto
La resolución deroga, a partir del 1 de diciembre de 2025, al menos 18 normas anteriores, incluyendo las Resoluciones Generales 715, 4.597 y 5.591, que regulaban el régimen de IVA por actividad y el uso de formularios múltiples. También queda sin efecto el aplicativo “IVA – Versión 6.0”.
No obstante, hasta octubre inclusive podrán seguir utilizándose los formularios tradicionales, dependiendo del período fiscal al que correspondan. Esta coexistencia transitoria permitirá a los contribuyentes adaptarse a la nueva modalidad sin generar incumplimientos.
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