Convenio multilateral provincial, una forma de acompañar el crecimiento al interior de Río Negro
Los intendentes debaten la revisión de la coparticipación en la provincia de Río Negro. Replicar el esquema que rige para el reparto de Ingresos Brutos a nivel nacional entre las provincias, puede ser una buena forma de reflejar la realidad económica en el reparto de los recursos.
Por Roberto Gil (*)
En los últimos meses comenzó a discutirse nuevamente en la provincia de Río Negro el régimen de coparticipación tributaria a municipios. Los mandatarios municipales han participado de rondas de debate regional, los cuales acaban de cerrarse esta semana en Cipolletti con los intendentes del Alto Valle.
Un debate necesario, dado que el sistema actual presenta distorsiones evidentes que surgen de dos problemas centrales: la falta de actualización de los parámetros originales y la forma en que se mide el componente tributario.
La Ley N.º 1946, que regula la coparticipación municipal desde 1985, establecía un criterio claro para determinar los coeficientes de distribución entre municipios. El artículo 4° fijaba tres parámetros básicos para construir el índice de reparto:
- 40% en función de la recaudación de impuestos provinciales generada en cada jurisdicción
- 40% en función de la población, según el último censo disponible
- 20% en partes iguales entre todos los municipios
El esquema buscaba equilibrar dos criterios razonables: por un lado devolver parcialmente a cada municipio lo que se genera en su territorio, y por otro garantizar un componente redistributivo que permita sostener el funcionamiento de las administraciones locales.
Cada municipio recibe un porcentaje del total de recursos coparticipados que resulta de ponderar su participación relativa en población, recaudación tributaria y el componente distribuido en partes iguales. Sin embargo, esos coeficientes no son estáticos por naturaleza. Su lógica supone que deberían actualizarse cada vez que cambian significativamente las variables que los determinan.
Dato
- Dos décadas
- La última vez que se actualizaron los coeficientes de coparticipación vigentes en la provincia de Río Negro.
En la práctica, los coeficientes actualmente vigentes fueron recalculados hace más de dos décadas, utilizando datos demográficos y económicos que ya no reflejan plenamente la realidad actual de la provincia.
Por un lado, el crecimiento demográfico de muchas localidades no se refleja en el sistema actual. Ciudades como General Fernández Oro o Dina Huapi, por ejemplo, han experimentado en las últimas décadas un crecimiento poblacional significativo.
Ello implica mayores demandas de servicios públicos, infraestructura y asistencia municipal. Allí donde crece la población, también crece el movimiento económico. Sin embargo, los coeficientes de coparticipación no acompañan esa evolución.
Pero el problema más profundo y complejo aparece en el componente tributario del índice.
En la práctica, la reglamentación del sistema a través del Decreto N.º 2329/1986 estableció criterios operativos para calcular la recaudación municipal vinculada a tres tributos provinciales: Ingresos Brutos, Inmobiliario y Automotor.
No obstante, dispuso excluir del cálculo a los contribuyentes que tributan bajo el régimen de Convenio Multilateral, es decir, aquellas empresas que desarrollan actividad en más de una jurisdicción.
Cuando ese criterio se definió, el impacto era relativamente menor.
Pero con el paso del tiempo la economía fue cambiando y hoy cada vez es mayor la cantidad de empresas y profesionales que tributan bajo ese régimen. En consecuencia, una porción creciente de la actividad económica real que se desarrolla en las ciudades de la provincia queda fuera del cálculo del índice municipal.
A esto se suma otra distorsión frecuente y significativa. Muchas empresas, contribuyentes locales de Ingresos Brutos, radican su sede administrativa o fiscal en una determinada localidad, pero desarrollan su actividad comercial o prestan servicios en distintas ciudades de la provincia.
Ese convenio multilateral vigente a nivel nacional fue creado para resolver el problema de las empresas que operan en más de una jurisdicción, distribuyendo la base imponible en función de la actividad económica.
Es habitual encontrar empresas con domicilio fiscal en una ciudad que venden, distribuyen o prestan servicios en todo el territorio provincial. Sin embargo, el sistema actual no distribuye esa actividad económica entre los municipios donde efectivamente se genera el consumo o la producción.
En consecuencia, el índice termina midiendo más el domicilio fiscal de las empresas que la actividad económica real de cada ciudad que en definitiva es de donde provienen los ingresos.
Por estas razones, resulta razonable y un verdadero desafío comenzar a discutir un esquema más transparente y representativo de la economía provincial.
Convenio multilateral provincial
Una alternativa posible sería avanzar hacia un mecanismo de distribución basado en un convenio multilateral de alcance provincial, que permita asignar la actividad económica entre los municipios de acuerdo con criterios objetivos vinculados a la localización real de las ventas, los servicios o la producción.
De hecho, la propia experiencia del Convenio Multilateral que rige entre las provincias argentinas podría servir como base conceptual para este tipo de mecanismo. Ese sistema fue creado precisamente para resolver el problema de las empresas que operan en más de una jurisdicción, distribuyendo la base imponible de los impuestos en función de la actividad económica efectivamente desarrollada en cada territorio.
Un convenio multilateral provincial reflejaría la actividad económica de manera más precisa y evitaría que el domicilio determine por sí solo la asignación de recursos.
Aplicar una lógica similar dentro de la provincia permitiría distribuir la actividad económica entre los municipios de manera más precisa, evitando que el domicilio fiscal de una empresa determine por sí solo la asignación de los recursos.
Es evidente que, como ocurre en cualquier cambio en las reglas de distribución, habría municipios que se verían beneficiados y otros que podrían perder participación relativa. Sin embargo, el objetivo debería ser avanzar hacia un esquema más justo, más transparente y más coherente con la dinámica económica actual de la provincia.
Si el régimen de coparticipación municipal busca reflejar de manera equilibrada la población, la actividad económica y las necesidades de cada comunidad, entonces es razonable que también evolucione junto con la provincia que pretende financiar.
(*) Contador Público – Ex AFIP – Ex Dirección de Rentas de Río Negro – Ex Presidente de la Comisión Arbitral (COMARB) – Especialista en Tributación
Por Roberto Gil (*)
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