Punto por punto: las claves del nuevo régimen de incentivos para inversiones Pymes tras la reglamentación
El Decreto 242/2026 definió las condiciones técnicas, parámetros operativos y el alcance del RIMI. Aunque el sistema aún no permite la adhesión formal, la letra chica de la norma permite a las empresas conocer qué proyectos califican y cómo acceder a los beneficios fiscales.
Después de varias semanas de marcada incertidumbre y demoras administrativas, el Gobierno nacional finalmente publicó el Decreto 242/2026 que reglamenta el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). Esta normativa es una pieza importante para la puesta en marcha de la Ley de Modernización Laboral (27.802), ya que define las condiciones técnicas y los parámetros operativos que las empresas necesitaban para salir del estado de «espera» y proyectar sus desembolsos con reglas claras.
El esquema reglamentado busca despejar las dudas que hasta ahora paralizaban la toma de decisiones en el sector privado, aportando previsibilidad sobre eluniverso de bienes alcanzados y los plazos de ejecución de los proyectos. Al delimitar con precisión aspectos como la amortización acelerada y la devolución del IVA, el decreto se convierte en una herramienta de planificación financiera que permite a las compañías estimar con exactitud el alivio fiscal y la rentabilidad de sus futuras apuestas productivas.
A continuación, el análisis detallado de los puntos centrales de la reglamentación:
1. La ventana de tiempo y la operatividad pendiente
Aunque el decreto ya es oficial, el régimen aún no se encuentra operativo para el sector privado. La implementación efectiva depende de una resolución conjunta que deben dictar ARCA, la Secretaría de Agricultura y la Secretaría de Energía en un plazo de 30 días.
Un dato clave es que el «reloj» de la inversión —el plazo de dos años previsto por la ley— comenzará a correr recién cuando entre en vigencia esa resolución conjunta. Esto significa que las empresas ganaron un tiempo extra para planificar sus carpetas técnicas antes de que se active el conteo oficial.
2. El universo de beneficiarios: quiénes entran
El esquema está estrictamente dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas que cuenten con su certificado MiPyME vigente. La reglamentación también incluyó a entidades sin fines de lucro, siempre que cumplan los parámetros de categorización y estén registradas ante ARCA. Esto garantiza que el beneficio llegue a una base amplia de actores productivos, siempre que mantengan su estatus administrativo al día.
3. Bienes alcanzados: qué se puede comprar
El decreto precisó que los bienes muebles amortizables deben ser nuevos. Se incluyen bienes de capital, de informática y de telecomunicaciones.
- Exclusiones: Quedan fuera del régimen los automóviles.
- Obras en curso: Podrán incluirse proyectos ya iniciados siempre que, al 6 de marzo de 2026, registraran un grado de avance inferior al 30% del total. El mecanismo para acreditar este porcentaje se definirá en la resolución pendiente.
4. El cálculo de los montos en dólares
Para evitar que la volatilidad licue los beneficios, las inversiones deberán convertirse a dólares utilizando el tipo de cambio comprador del Banco Nación del día hábil anterior a la factura. El cálculo se realizará sobre el importe neto de IVA y considerando los descuentos que figuren en el comprobante.
5. Los dos grandes beneficios fiscales
El RIMI se apoya en dos herramientas para mejorar la ecuación financiera de las Pymes:
- Amortización acelerada: Los bienes muebles se amortizan generalmente en dos cuotas anuales. Sin embargo, determinados activos estratégicos como sistemas de riego, mallas antigranizo, eficiencia energética y bienes semovientes pueden amortizarse en una sola cuota. Para obras de infraestructura, se aplica una vida útil reducida al 60% de la estimada.
- Devolución de IVA: Este beneficio apunta a recuperar el crédito fiscal de forma anticipada, aunque estará sujeto a un cupo presupuestario. La asignación se realizará por antigüedad de los créditos y, en caso de igualdad, de forma proporcional.
6. El hito de la «puesta en marcha»
La reglamentación aclaró un concepto vital: se considera «puesta en marcha» el momento en que el bien o la obra se afecta a la generación de ganancias gravadas. El decreto estableció que este hito puede producirse incluso con posterioridad al período de inversión de dos años, lo que da margen para proyectos complejos que requieren tiempos de instalación prolongados.
Después de varias semanas de marcada incertidumbre y demoras administrativas, el Gobierno nacional finalmente publicó el Decreto 242/2026 que reglamenta el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). Esta normativa es una pieza importante para la puesta en marcha de la Ley de Modernización Laboral (27.802), ya que define las condiciones técnicas y los parámetros operativos que las empresas necesitaban para salir del estado de "espera" y proyectar sus desembolsos con reglas claras.
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