Qué cambia en mi día a día con el régimen de transparencia fiscal al consumidor final
Regirá desde el inicio del próximo año. El mismo busca que los consumidores finales conozcan con claridad el monto que están pagando en concepto de tributos al adquirir bienes y servicios.
A partir de enero 2025, entrará en vigencia el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Final, promulgado por el Gobierno en la ley 27.743 de “medidas fiscales paliativas y relevantes”, que fue complementada por el decreto 658/2024. El régimen busca que los consumidores finales conozcan con claridad el monto que están pagando en concepto de tributos al adquirir bienes y servicios.
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Para ello, dispone la obligación a todos los sujetos que realicen operaciones con consumidores finales de detallar en los comprobantes fiscales el importe del impuesto al valor agregado (IVA) y de otros tributos que afecten el precio final.
La normativa dispuso modificaciones en la ley de Impuesto al Valor Agregado y otros aspectos clave que los responsables deberán cumplir. Entre los aspectos destacados se encuentran:
- IVA discriminado: los responsables inscriptos (RI) que emitan facturas a Consumidores Finales, Monotributistas y Sujetos Exentos deberán discriminar el IVA por separado del precio de la venta, y además detallar otros tributos nacionales que impacten en el precio final. Hasta el momento, las facturas B que emiten los RI no discriminan el IVA incluido en el precio total.
- Publicación de precios: los sujetos que realicen ventas a consumidores finales deberán indicar el importe neto, sin la incidencia del IVA, ni de otros impuestos cuando publiquen sus precios, con la leyenda “precio sin impuestos”.
- Sanciones por incumplimiento: el incumplimiento de estas disposiciones podrá dar lugar a sanciones que incluyen multas y hasta la clausura.
- Normativas locales: se invitó a las jurisdicciones locales a dictar normas que permitan alinearse con este régimen. Esto permitirá que los consumidores también puedan conocer el impacto del impuesto sobre los ingresos brutos y otros tributos municipales en el precio final.
Para la implementación de los puntos mencionados la Agencia de Control y Recaudación Aduanera (ARCA), dictó la Resolución General 5614/2024 en la cual introdujo los modificaciones y complementos necesarios a las normas de facturación.
Los comprobantes incluirán un apartado con la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)”, y debajo del mismo se mostrará el dato “ IVA Contenido” y “Otros Impuestos Nacionales Indirectos”, cada uno con su correspondientes valores.
Además, estableció que la implementación será gradual y escalonada por segmentación de contribuyentes:
- Grandes empresas: Deberán adaptar sus sistemas e implementar las modificaciones a partir del 1 de Enero del 2025. El listado de grandes empresas está disponible en el micrositio “Factura de crédito electrónica” del sitio web de ARCA.
- Otros contribuyentes: El resto de los contribuyentes tendrán un plazo opcional hasta el 1 de Abril 2025 para adecuar sus sistemas. No obstante, los comprobantes que emitan a través del portal de ARCA contendrán las modificaciones a partir del 1 de enero.
Transparencia en la publicidad estatal
En el marco de transparencia, la ley estableció que cualquier nivel del estado que realice publicidad sobre prestaciones o servicios de libre acceso o atención, no podrá utilizar la palabra “Gratuito” o similares. En su lugar, se debe aclarar que se trata de servicios solventados con los tributos de los contribuyentes.
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De esta manera se busca reforzar la transparencia y el conocimiento público del funcionamiento del Estado, eliminando la idea de gratuidad de los servicios y promoviendo un mayor entendimiento del rol de los tributos en su financiamiento.
(*) C. S. B. & ASOC.
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