El Alivio Fiscal es ley y se aprobó el proyecto para modificar el mínimo no imponible de Bienes Personales

En una nueva sesión de la Cámara de Senadores se aprobó, y giró a la Cámara de Diputados, un proyecto que modifica la Ley Impuestos a los Bienes Personales y se convirtió en ley un alivio fiscal de las deudas tributarias que tienen entidades sin fines de lucro.

Redacción

Por Redacción

El Senado de la Nación sesionó en la noche del jueves en la que aprobó, y giró a la Cámara de Diputados, un proyecto que modifica el artículo 24 de la Ley Impuestos a los Bienes Personales, en tanto que también convirtió en ley un alivio de las deudas tributarias que tienen entidades sin fines de lucro.

Bomberos voluntarios, clubes de barrio, fundaciones, organizaciones comunitarias y micro empresas (mipymes) se verán beneficiadas con la nueva ley, que fue aprobada ayer a la mañana por la Cámara de Diputados tras una extensa sesión de más de veinte horas.

La decisión de discutir la iniciativa fue tomada al principio de la sesión, luego de que el Frente de Todos logró imponer los votos de los dos tercios para que el proyecto sea debatido sobre tablas.

El proyecto de «alivio fiscal» comprende a deudas vencidas hasta agosto pasado por un monto total inferior a $ 100.000.

La iniciativa, que busca dar una señal clara para la salida de la pandemia, fija que se condonen las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social menores a $ 100.000 para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), previsto por la ley 25.054, y toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal.

Además, también la Cámara de Senadores aprobó un proyecto que modifica el artículo 24 de la Ley Impuestos a los Bienes Personales y permitirá incrementar el mínimo no imponible para que una menor cantidad de contribuyentes se encuentre comprendido en el pago de este tributo.

La iniciativa busca eximir del alcance del gravamen a los contribuyentes cuyos bienes, en su conjunto, resulten en un valor igual o inferior a los seis millones de pesos. En la actualidad el límite es de dos millones de pesos.

En tanto, los inmuebles destinados a casa no estarán alcanzados por el impuesto cuando su valor determinado resulte igual o inferior a treinta millones de pesos, un monto que en la actualidad es de 18 millones de pesos.

Además, los valores del nuevo límite se actualizarán automáticamente en diciembre de cada año en base a la variación del índice de precios al por mayor nivel general elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).


El Senado de la Nación sesionó en la noche del jueves en la que aprobó, y giró a la Cámara de Diputados, un proyecto que modifica el artículo 24 de la Ley Impuestos a los Bienes Personales, en tanto que también convirtió en ley un alivio de las deudas tributarias que tienen entidades sin fines de lucro.

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