Facilitan los trámites necesarios para homologar vehículos

El gobierno nacional simplificó los trámites que las fábricas automotrices y los importadores deben realizar para obtener la Licencia para Configuración de Modelo (LCM), que les permite poner en circulación un automóvil para su comercialización.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución 41/2018 de la Secretaría de Industria, publicada en el Boletín Oficial, e incluye también al Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad y Constancias Técnicas, que requiere un vehículo para su salida a la venta al público.

La misma fijó que “para poder ser librados al tránsito público, todos los vehículos automotores, acoplados y semiacoplados de producción seriada y cero kilómetro (0 km), ya sean fabricados en el país o que se importen, deberán contar con la respectiva Licencia para Configuración de Modelo (LCM)”.

Indicó que “para tramitar la Licencia para Configuración de Modelo, los fabricantes nacionales así como los importadores de vehículos, acoplados, semiacoplados y fabricantes de vehículos armados en etapas, deberán presentar cada solicitud, previa inscripción en el Registro Único del Ministerio de Producción”.

Precisó que “una vez emitida la Licencia para Configuración de Modelo (LCM), la misma deberá ser actualizada a instancia del interesado en oportunidad de introducirse modificaciones”.

El Gobierno explicó que “a los fines de dotar de mayor eficiencia y eficacia a los registros administrados por las distintas entidades y jurisdicciones que componen el Sector Público Nacional, resulta necesario contar con una única herramienta que permita una mejor gestión de la información, haciéndolos más accesibles para su control y posibilitando su actualización permanente”.

Los interesados en obtener la LCM “deberán contar con la inscripción correspondiente al Registro Único del Ministerio de Producción”, señala la Resolución.

Por último, se indicó que la Dirección Nacional de Industria comunicará a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios los modelos de vehículos, acoplados y semiacoplados que hayan obtenido la respectiva Licencia para Configuración de Modelo (LCM), o informará la suspensión o revocación de las mismas”.

La medida apunta a tener una herramienta que mejore la gestión de la información y haga más accesible su control y actualización permanente.

Datos

La medida apunta a tener una herramienta que mejore la gestión de la información y haga más accesible su control y actualización permanente.

El gobierno nacional simplificó los trámites que las fábricas automotrices y los importadores deben realizar para obtener la Licencia para Configuración de Modelo (LCM), que les permite poner en circulación un automóvil para su comercialización.

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