Femicidio Valeria Coppa: rechazaron recurso de la defensa y Cordi seguirá preso

El máximo tribunal rionegrino le cerró la posibilidad a Mariano Cordi de recuperar la libertad.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó el recurso de queja que había presentado el defensor oficial de Mariano Cordi para lograr que sea excarcelado porque había vencido el plazo de la prisión preventiva. La sentencia que condenó a prisión perpetua a Cordi como autor del femicidio de Valeria Coppa no está firme todavía.

El fallo del STJ se dictó el 2 de octubre y lo elaboró la jueza Liliana Piccinini, con la adhesión de sus pares Sergio Barotto y Enrique Mansilla.

Piccinini recordó que el expediente llegó al STJ en virtud del recurso de queja que había presentado el defensor oficial Nelson Vigueras, que asiste a Cordi, contra una resolución que había dictado el 9 de septiembre pasado el juez Héctor Leguizamón Pondal.

El juez había rechazado in limine el recurso de casación que había presentado Vigueras contra la resolución del 16 de agosto último que había desestimado el habeas corpus planteado a favor de Cordi.

Vigueras había solicitado en el hábeas corpus que se ordenara su inmediata libertad porque se había vencido el plazo dispuesto por el juez para la prisión preventiva y Cordi se encontraba aún alojado a disposición del Penal 3.

Piccinini recordó que el hábeas corpus había sido rechazado por Leguizamón Pondal que había considerado que para que prosperara, Cordi no debería haber estado a disposición de juez competente alguno.

Leguizamón Pondal recordó en ese momento que Cordi se encontraba a disposición del Tribunal de Impugnación Penal.

Vigueras alegó que la decisión del juez es infundada atento a que el plazo de vigencia de la prisión preventiva había vencido el 7 de julio pasado, sin que el Ministerio Público Fiscal pidiera su prórroga o renovación. Por eso, aseguró que Cordi no estaba en ese momento a disposición de ningún tribunal.

El defensor oficial sostuvo que por tratarse de una persona privada de su libertad “no es competencia del Tribunal de Impugnación Penal y por tal motivo no correspondía tratar el asunto en la audiencia celebrada el 27 de agosto pasado, en la que el Ministerio Público Fiscal tampoco peticionó la prórroga de la prisión preventiva”.

Piccinini sostuvo en la sentencia que el hábeas corpus no es la acción idónea para pedir la libertad de Cordi tal como lo había indicado Leguizamón Pondal en su resolución.

Recordó que el 28 de agosto pasado se celebró “audiencia de imposición, prórroga o cese de prisión preventiva” -solicitada por el Defensor Oficial- en la que el Juez de Garantías, Juan Martín Arroyo, resolvió no hacer lugar al pedido de la defensa y, en consecuencia, dispuso mantener y prorrogar la prisión preventiva de Cordi.

Y enfatizó que el 12 de septiembre pasado, el Tribunal de Impugnación Penal confirmó la sentencia de condena a prisión perpetua para Cordi por el delito de femicidio.

Cordi le disparó la tarde del 29 de enero pasado a su expareja. El tiro dio en la cabeza de la víctima, que murió horas después. Cordi escapó y fue capturado el 1 de febrero pasado en la zona del cerro Carbón.

Fue internado y se descubrió que tenía un tiro en la cabeza. Fue operado y estuvo un mes internado en el hospital Ramón Carrillo de Bariloche. Fue juzgado y condenado el 3 de junio último a prisión perpetua. Está detenido en el penal de Ezeiza.


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