Confirmaron la condena a prisión perpetua de Cordi por el femicidio de Valeria Coppa

La jueza del Tribunal de Impugnación, Rita Custet Llambí, desestimó los argumentos de los defensores oficiales de Mariano Cordi y ratificó el fallo condenatorio.

La jueza del Tribunal de Impugnación de la provincia, Rita Custet Llambí concluyó, tras revisar las pruebas y las audiencias, que Mariano Cordi había comprendido la acusación en su contra y en ningún momento del proceso se encontró en un estado de indefensión.

Por eso, la jueza rechazó el recurso que los defensores oficiales Nelson Vigueras y Marcelo Álvarez Melinger habían presentado para declarar la nulidad de todo el proceso que culminó con la sentencia que condenó a Cordi a prisión perpetua por el femicidio de su expareja Valeria Coppa.

Custet Llambí confirmó la sentencia que el tribunal de juicio de Bariloche dictó el 3 de junio pasado y que le impuso prisión perpetua al imputado tras un acuerdo parcial que habían alcanzado la fiscalía y la defensa, con el consentimiento de Cordi en un juicio abreviado.

La sentencia del Tribunal de Impugnación se dictó ayer jueves, pero con una sola integrante. La jueza recordó que los defensores oficiales de Cordi presentaron una impugnación contra el fallo condenatorio.

Por eso, el Tribunal de Impugnación escuchó a finales de agosto pasado los argumentos de los defensores y de la fiscal del caso Betiana Cendón, del fiscal jefe Martín Lozada y de la abogada por la querella Natalia Araya.

Mariano Cordi admitió su responsabilidad en el femicidio de su expareja. (Archivo)

Los defensores oficiales advirtieron que Cordi en la audiencia de formulación de cargos, que se hizo el 6 de marzo último, se encontraba desorientado en cuanto a tiempo. Plantearon que Cordi no estaba en condiciones de comprender la acusación y eventualmente de declarar. Los defensores sostuvieron además que Cordi no tuvo una defensa eficaz, lo que vulneró el derecho del acusado.

Por eso, solicitaron que se declare la nulidad de la formulación de cargos, el acuerdo parcial de juicio abreviado y los actos consecuentes, y, en segundo término, que anule el juicio abreviado porque no se evidenció defensa eficaz alguna.

Los fiscales y la querella pidieron rechazar los argumentos de los defensores y que se confirme la sentencia condenatoria.

Afirmaron que no es cierto que Cordi se encontraba en estado de indefensión y que comprendía lo que pasaba.

Cordi admitió haber sido el autor del disparo que mató la tarde del 29 de enero pasado a Coppa, en una escalinata de la Iglesia Catedral, en el centro de Bariloche. El proyectil impactó en la cabeza de la mujer, de 40 años, que murió alrededor de las 20 de esa jornada en el hospital Ramón Carrillo.

Cordi y Coppa habían sido pareja hasta principios de enero último. Pero seguían en contacto. De hecho, habían acordado reunirse esa tarde del 29 de enero en la Catedral. La mujer le había anunciado que había iniciado otra relación.

Cordi se dirigió al sector de las escaleras de la Iglesia y le disparó con un arma de fabricación casera calibre 22. Luego, escapó. Lo detuvieron el 1 de febrero último, en una picada del cerro Carbón, a unos 20 kilómetros de Bariloche. Estaba deshidratado y en mal estado de salud. Horas después, los médicos del hospital local advirtieron que tenía un proyectil alojado en la cabeza y lo operaron de urgencia. Estuvo un mes internado.

Custet Llambí sostuvo que, con relación a la designación del abogado particular de Cordi, no advertía vicio alguno. “Por el contrario, habiendo analizado las constancias videograbadas tanto de la audiencia de la formulación de cargos como la audiencia del juicio abreviado, entiendo que el letrado sí ha cumplido con los deberes a su cargo más allá de la mera discrepancia que exhibe la nueva defensa respecto de la estrategia que siguió el anterior abogado”, afirmó la jueza.

Mariano Cordi, de 41 años, en la audiencia de formulación de cargos, que se hizo el 6 de marzo pasado, junto a su defensor particular Marcelo Ganuza. (Archivo)

“Quedó debidamente acreditado, que el Sr. Cordi, pese a encontrarse desorientado en cuanto a tiempo estaba en condiciones de comprender los cargos por homicidio que se le estaban imputando y con ello se cumple la finalidad de la audiencia referida”, enfatizó.

No se verifica la situación de indefensión y perjuicio consecuente denunciados por la defensa”, concluyó. Sostuvo que los defensores oficiales no cuestionaron lo sucedido en la audiencia de juicio abreviado, que para la jueza, se desarrolló con absoluto respeto por las garantías y derechos del imputado.


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