Impulsan nuevo modelo para 180 centros de salud

Redactan el Reglamento de Funciones para fortalecer la atención primaria.

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Los ministerios de Salud y Obras Públicas revisan el funcionamiento de los centros periféricos. En la Región Sur incorporarán equipos.

VIEDMA (AV).- Los ministerios de Salud y Obras Públicas están revisando la infraestructura de unos 180 centros periféricos que tiene la provincia de Río Negro, apuntando a nuevo modelo de organización en el fortalecimiento del Primer Nivel de Atención (PNA).

En la agenda de contacto entre funcionarios de ambas carteras está la posibilidad de incluir un punto relacionado con la construcción de nuevas salas en lugares alejados del territorio, como los parajes precordilleranos de Cerro Alto y Corralito.

El PNA es un conjunto de recursos y procedimientos buscando resolver necesidades y demandas más frecuentes de la comunidad. Constituye la puerta de entrada y el primer contacto de la población con el sistema de salud.

Este primer nivel contiene actividades de promoción, prevención, atención médica, vigilancia epidemiológica, recuperación, rehabilitación y cuidados paliativos preferentemente de carácter ambulatorio con énfasis en el uso de guías clínicas y el método epidemiológico, con el apoyo de diagnósticos complementarios.

Entre las medidas tendientes al fortalecimiento, el ministro Norberto Delfino planteó la necesidad de adquirir equipamiento destinado a agentes sanitarios de la Línea Sur y de áreas urbanas. Asimismo, y con el apoyo del Programa Nacional Remediar+Redes se prevé la adquisición de motovehículos para los hospitales de Valcheta, Sierra Grande, San Antonio Oeste, General Conesa y Cipolletti. Estos efectores avanzan prioritariamente en la instrumentación del programa de control de enfermedades crónicas no transmisibles con especial referencia a diabetes y hipertensión arterial.

Por otra parte, un equipo técnico de la cartera sanitaria está finalizando la redacción del Reglamento de Funciones y Manual Operativo para el primer nivel de atención, que regulará el funcionamiento de los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS), y de los Departamentos de Actividades para el Área que se constituyen como eje del sistema de atención en la nueva gestión sanitaria. El actual data de 1986 y su aplicación resulta obsoleta.

Estas normas contendrán funciones esenciales de los directores de hospitales quienes deberán disponer, del presupuesto hospitalario, los fondos necesarios para el cumplimiento de las actividades de promoción y protección de la salud en el área programa. Por otra parte darán prioridad a los recursos humanos administrativos, choferes y personal de mantenimiento para el cumplimiento de las funciones y actividades establecidas en el primer nivel de atención.

En tanto el Jefe del Departamento de Actividades Programadas para el Área (DAPA) conducirá las actividades destinadas a la promoción de la salud a través de los programas dirigidos al ambiente, las personas, a los grupos de población y a la comunidad a la que pertenece.

Asimismo deberá programar, organizar, coordinar, controlar y evaluar el desarrollo de las acciones destinadas a la promoción y protección de la salud y al control de enfermedades en el ámbito geográfico de la población a cargo, asesorando al Director del área para planificar estratégicamente y definir prioridades sanitarias basadas en la información generada en el ámbito de su dependencia y en el privado.

Será función del DAPA procurar la accesibilidad de la comunidad a los servicios de salud en el primer nivel de atención y la oportuna derivación al segundo nivel. La totalidad del personal de los CAPS y DAPA, incluyendo agentes sanitarios y personal de enfermería, estarán bajo su dependencia.


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