Acuerdo inusual en Río Negro: se separaron y pactaron el destino de los óvulos y embriones criopreservados
Una mediación en Río Negro evitó un juicio y definió los aspectos de la organización familiar luego de la separación de una pareja de mujeres.
Tras la ruptura de una pareja integrada por dos mujeres con hijas en común, un proceso de mediación en Río Negro permitió resolver de manera integral la organización familiar. Sin iniciar un litigio, las partes acordaron desde el cuidado cotidiano hasta decisiones sensibles vinculadas al material reproductivo criopreservado.
Cómo fue el acuerdo para ordenar la vida familiar tras la separación
El entendimiento avanzó sobre un punto poco habitual en este tipo de acuerdos: el destino de los óvulos y embriones criopreservados.
Según informó el Ministerio Público Fiscal de Río Negro, las partes resolvieron su situación de manera expresa, adjudicándolos a una de las mujeres, quien asumirá los costos de conservación, mientras la otra prestó su consentimiento y renunció a derechos futuros.
Además, la mediación abordó otras cuestiones centrales tras el fin del vínculo. Se establecieron reglas claras para la crianza, los traslados y los compromisos económicos, evitando una instancia judicial.

En ese marco, se fijó un régimen de cuidado compartido con una distribución equitativa de tiempos y responsabilidades. Además, se definieron pautas para días de semana, fines de semana y fechas especiales, con el objetivo de dar previsibilidad a la dinámica familiar.
Otro de los ejes fue la movilidad. Ambas progenitoras se otorgaron autorizaciones recíprocas para viajar con las hijas dentro y fuera del país, con plazos determinados y la obligación de informar previamente, incluyendo también viajes individuales.
Óvulos, dinero y viajes: los puntos menos comunes del entendimiento
En el plano económico, se estableció una prestación alimentaria mensual con actualizaciones periódicas según índices oficiales. El pago quedó fijado mediante depósito en una cuenta judicial, como parte de las garantías del convenio.
La cobertura de salud de las niñas fue otro aspecto incluido. Ambas progenitoras asumieron en partes iguales el costo de la obra social o prepaga y se comprometieron a mantener una cobertura equivalente ante eventuales cambios.
Por último, el acuerdo dejó asentada la decisión de no reclamar compensación económica por la ruptura y excluyó la división de bienes, que será resuelta de forma privada. El entendimiento fue resultado del diálogo y del acompañamiento de las mediadoras que intervinieron en el proceso.
Tras la ruptura de una pareja integrada por dos mujeres con hijas en común, un proceso de mediación en Río Negro permitió resolver de manera integral la organización familiar. Sin iniciar un litigio, las partes acordaron desde el cuidado cotidiano hasta decisiones sensibles vinculadas al material reproductivo criopreservado.
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