Atropelló y mató en Neuquén: un duro fallo confirmó la condena a prisión efectiva

El hecho ocurrió el 21 de octubre del 2020, cuando Sandro Codegoni se subió a la vereda y aplastó a Pedro Leiva. La condena en su contra quedó firme.

El Tribunal de Impugnación confirmó la condena a 8 años y 6 meses de prisión efectiva contra Sandro Gustavo Codegoni, de 47 años, quien en estado de ebriedad y con cocaína en sangre, atropelló y mató luego de una alocada persecución a Pedro Ariel Leiva, de 46, en la esquina de Intendente Carro y Pampa de Neuquén.

El imputado, al volante de una Ford Eco Sport, había tenido momentos antes un incidente menor con un automovilista que circulaba en una Fiat Strada y le exigió los datos del seguro. El hombre se asustó al ver su estado, le advirtió que si seguía conduciendo en esas condiciones «vas a matar a alguien», y se retiró, perseguido por Codegoni.

En esas circunstancias, 380 metros más adelante atropelló a Leiva, quien se encontraba parado en la esquina, y lo aplastó contra la pared. Según las pericias circulaba a 58,8 kilómetros por hora (la máxima en el cruce de esquinas es 25).

En la audiencia ante el Tribunal de Impugnación, Codegoni expresó: “…Yo he reiterado, no me voy a cansar de pedir perdón a la familia por lo sucedido ese día, y quería remarcar que se hubiese evitado todo esto por un tercero que quedó como testigo estrella y no lo pusieron en la causa».

«No reconoce su responsabilidad»


El vehículo con el que Codegoni atropelló a Pedro Leiva. Foto: Gentileza

El juez Andrés Repetto dijo en su voto, al que adhieren Juan José Nazareno Eulogio y Raúl Aufranc, que «el pedido de disculpas del acusado en realidad es de mera forma, ya que en verdad no reconoce su responsabilidad en los hechos desplegados, sino que atribuye al conductor de la Strada el haber desencadenado las circunstancias que provocaron el homicidio».

«Codegoni, al hacer uso de la última palabra, dijo que quería remarcar que se hubiese evitado todo esto por un tercero que quedó como testigo estrella y no lo pusieron en la causa. En cualquier caso es Codegoni quien debe responder por la conducta que él despegó, y por las decisiones que tomó y que lo llevaron a la situación jurídica en la que se encuentra», añadió el magistrado en la sentencia de 169 páginas.

Accionar sin justificación


También indicó que el condenado «comenzó una carrera en el medio del tráfico vehicular y de peatones, a una importante velocidad, en una zona concurrida, en un horario en donde había mucha gente transitando, solo para exigir un seguro a raíz de un leve golpe causado en el paragolpes trasero. El accionar de Codegoni no se justifica bajo ningún aspecto».

El hombre fue declarado responsable de homicidio simple con dolo eventual, en un fallo dividido, el 25 de septiembre del 2022. El tribunal de juicio lo integraron Laura Barbé, Marco Lúpica Cristo y Luis Sebastián Giorgetti (quien votó en disidencia).

El 2 de marzo pasado le impusieron 8 años y 6 meses de prisión.

Por la acusación intervinieron la fiscal de Homicidios, María Eugenia Titanti, el asistente letrado Bruno Miciullo, y los abogados querellantes Gabriel Contreras y Germán Álvarez. La defensa estuvo a cargo de dos exjueces penales, Mario Rodríguez Gómez y Marcelo Germán Rubén Muñoz.


Adherido a los criterios de
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Adherido a los criterios de <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios