Confitería de Cipolletti será multada por difundir música sin autorización

La confitería no abonaba el impuesto correspondiente desde 2017 y además no entregaba el listado previsto en el artículo 40 del Decreto 41.233/34. El fallo aún puede ser apelado.

Una confitería de Cipolletti deberá abonar un canon luego de evadir el impuesto que se le paga a los artistas en Argentina para difundir su música. La dueña del bar deberá, además, presentar la playlist que reproducen en el lugar por los parlantes. La titular del establecimiento no se presentó al juicio civil.

La titular de una confitería de Cipolletti tendrá que entregar su lista de reproducción a la asociación de intérpretes, previo pago del canon. El objetivo de la condena, que se consiguió luego de un juicio civil, es distribuir el dinero entre los artistas cuyas obras son difundidas en el bar, tanto a través de unos parlantes como de la televisión.

La asociación Argentina que representa a los artistas intérpretes inició una demanda en el fuero Civil de Cipolletti. Y según explicaron desde el organismo s demostró que la confitería no abonaba el impuesto desde 2017 y además no entregaba el listado previsto en el artículo 40 del Decreto 41.233/34.

Antes de impulsar las actuaciones judiciales, se comprobó mediante una escribanía que el local de la calle Yrigoyen de Cipolletti reproducía música a través de dos medios: tenía parlantes y una pantalla. «La titular del bar no se presentó al juicio civil, ni abonó los cánones, ni entregó las planillas con los artistas seleccionados para la reproducción de sus obras» explicaron desde el fuero civil.

Asi como también explicaron que la ley de Propiedad Intelectual prevé «anotar en planillas diarias el título de todas las obras ejecutadas y el nombre o seudónimo de los intérpretes principales y el del productor de fonogramas o su sello o marca de la reproducción utilizada en su caso». Esa información resulta absolutamente necesaria para la correcta distribución de los fondos recaudados.

En este caso, el fallo aceptó la pretensión de la asociación e intimó al comercio a abonar los cánones desde 2017. Esa percepción se calcula sobre el uno por ciento de los ingresos brutos del negocio mensuales. También la titular del bar deberá entregar las planillas de la ley de Propiedad Intelectual.

El fallo es de primera instancia y todavía no está firme porque puede ser apelado.

Aadi – Capif es la asociación Argentina que representa a los artistas intérpretes y a los productores de fonogramas, tanto nacionales como extranjeros, en la percepción y administración de los derechos correspondientes por la ejecución pública de fonogramas. Por un convenio firmado con el Fondo Nacional de las Artes la asociación reviste el carácter de agente público para tomar a su cargo la recaudación en todo el territorio de los conceptos provenientes de la ejecución pública de fonogramas.


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