El primer juicio directo en Neuquén fue para la defensa: absolvieron al imputado
Es la primera vez que se aplica esta herramienta del Código Procesal Penal desde la reforma en noviembre del año pasado.
Un joven sorprendido cuando intentaba sustraer una bicicleta en la vía pública en San Martín de los Andes fue absuelto por un juez de Garantías quien consideró que la fiscalía no logró probar la existencia de daño. El caso, ínfimo, habría pasado inadvertido si no fuera porque se trató del primer juicio directo que se realiza en Neuquén desde la reforma del Código Procesal Penal realizada en noviembre del año pasado.
Por ser la primera experiencia, los resultados están lejos de ser satisfactorios para los promotores de la reforma. El objetivo del juicio directo es conseguir condenas rápidas en casos de flagrancia, o como le gusta explicar al fiscal general José Gerez, en esos hechos en los que el autor es atrapado «con las manos en la masa».
Esta vez un joven fue demorado por un vecino de San Martín de los Andes que lo descubrió cuando se llevaba una bicicleta ajena estacionada frente a un comercio. Otro detalle: el proyecto de reforma del juicio directo lo presentaron Gerez y el intendente de esa ciudad, Carlos Saloniti.
Demoras tras demoras
Los acontecimientos sucedieron el lejano 18 de junio del 2024. En la audiencia de formulación de cargos la fiscalía pidió el juicio directo y la defensa se opuso.
Antes de la reforma, esa oposición habría bastado para hacer caer el juicio directo. Con la nueva herramienta, la opinión de la defensa no es vinculante. La jueza de Garantías habilitó que el caso vaya directamente a juicio oral.
Pero el camino estuvo lejos de ser alfombrado. La realización del juicio se agendó para el 22 de julio, por pedido del defensor la Oficina Judicial se reprogramó: primero para el 1 de agosto y luego para el 2.
Al llegar el momento del juicio, el imputado no se presentó, fue declarado en rebeldía y quedó detenido con prisión preventiva a mediados de agosto.
Esta semana por fin se hizo el juicio en dos jornadas, con cinco testigos. El fiscal fue Hernán Scordo, al imputado lo asistió el defensor público Paulo Nestares Camargo y el juez fue Maximiliano Bagnat.
Argumentos y resolución
El fiscal, según la información oficial, planteó que “nuestra víctima recuperó la bicicleta, pero esto no hace presumir que el hecho no deba ser sancionado penalmente”.
“No hay una violación al principio de lesividad o de escasa relevancia, porque la circunstancia de que el autor no haya podido sustraer el elemento no convierte a este hecho como algo menor”.
Por su lado el defensor dijo que «la parte acusadora se apropió del conflicto, porque los protagonistas querían llegar a una reparación pero no los dejaron, avanzaron con el caso a juicio».
Nestares Camargo, según la defensa pública, logró probar que «no hubo daño». Y el juez entendió que «la fiscalía no acreditó el daño, y si no hay daño, no hay delito».
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