Es soldador y necesita materiales para una cirugía de rodilla en Roca: presentó un amparo y la Justicia lo escuchó

Un soldador de Roca esperó 10 meses por insumos quirúrgicos. La Justicia ordenó al hospital entregar el material y sancionará al Ministerio de Salud si no lo cumple.

Hace diez meses que sufre dolores intensos en la rodilla. Ya no puede trabajar, caminar con normalidad ni vivir sin sufrir. El paciente tiene 49 años, es soldador y vive en Roca. Lo que parecía una lesión pasajera terminó en una odisea. Esperó casi un año para ser operado y necesitó recurrir a la Justicia para que el hospital público le entregara los insumos necesarios.

El fallo evidenció un caso de desprotección de personas que dependen del Estado para tratar dolencias graves. Esta semana, el Poder Judicial emitió un fallo que obliga al hospital Francisco López Lima y al Ministerio de Salud provincial a entregar en un plazo de diez días hábiles las prótesis y materiales quirúrgicos requeridos.


Una odisea de diez meses: demoras administrativas que se traducía en un incremento del dolor


El trabajador sufrió una lesión indirecta en la rodilla derecha en agosto de 2024. Desde entonces, todo fue cuesta arriba. Su diagnóstico es “gonalgia crónica postraumática” y necesita una intervención compleja: una artroscopia con reconstrucción ligamentaria.

En septiembre de ese mismo año, su traumatólogo inició el pedido urgente de insumos. Pasaron los meses. En mayo y junio de 2025, volvió a reclamar con certificados médicos. Pero el hospital seguía sin dar respuestas.

La última contestación del hospital fue el 4 de julio de 2025. Apenas un correo en el que se decía que el expediente estaba en el «área Contable para realizar reserva interna». Ni fecha de compra ni entrega. Solo gajes de la burocracia.

Mientras tanto, el vecino ya no podía trabajar ni caminar sin dolor. El cuadro se agravaba, y no había certezas de cuándo sería operado. El expediente alcanzó más de diez meses sin resolución.

En la entrevista ante la Cámara Segunda del Trabajo, el paciente sostuvo que «se encuentra en estado crítico con muchos dolores y que necesita ser operado de manera urgente,» debido a que no puede realizar movimientos básicos ni tampoco trabajar como soldador, afectando de manera negativa su vida diaria y su situación económica y personal.


La vía judicial: un amparo para proteger la salud


Frente al abandono, el hombre decidió presentar un recurso de amparo. Su salud, su dignidad y su sustento económico estaban en juego. El juzgado evaluó la urgencia del caso y resolvió con contundencia.

La jueza subrayó que el amparo es una herramienta excepcional que procede cuando hay arbitrariedad manifiesta, daño grave y falta de alternativas eficaces. Todo eso se cumplía en este caso.

«Subrayo para destacar las consecuencias de la omisión. Lo que me lleva a considerar que la necesidad de que se le provean los insumos y prótesis referidos precedentemente, es de urgencia extrema, como consta en varias de la presentaciones efectuadas en el amparista, sin que se justifique más la espera con la respuesta brindada por el hospital de que las mismas se encontrarían en el área contable y que por motivos que se desconocen, aún no les fueron entregados, dado que ya transcurrieron desde su solicitud más de 10 meses», destacó la magistrada.

De esta manera, sostuvo que -durante meses, el hospital ignoró sus pedidos. El Ministerio de Salud no respondió. La Justicia constató que no había otra vía más apta ni más urgente que el amparo.

El expediente administrativo fue un callejón sin salida. El silencio del hospital, incluso frente a las intimaciones judiciales, fue tomado como prueba de una negligencia inaceptable.


Una vida en pausa por falta de respuestas


Desde la lesión, no pudo volver a trabajar. Cada día fue más doloroso. La falta de cirugía genera inestabilidad crónica, riesgo de artrosis prematura y daño en otras estructuras.

La jueza fue categórica: «No estamos ante un peligro de daño, sino ante un daño consumado«. El sistema no respondió, y la salud del paciente se deterioró. La omisión fue calificada como “notoriamente ilegal e ilegítima”.

El fallo citó normas nacionales e internacionales que garantizan el derecho a la salud. Desde la Constitución Nacional (art. 75 inc. 22) hasta tratados internacionales como el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

También invocó la Constitución Provincial de Río Negro, que considera la salud un derecho esencial ligado a la dignidad humana. El obrero, según la jueza, es un “sujeto de preferente tutela constitucional”.


El fallo: una sentencia favorable con multas ante el incumplimiento


La Justicia ordenó la entrega inmediata de los insumos y prótesis con fechas límite. Además, impuso una multa de $150.000 por cada día de demora a partir del vencimiento de ese plazo.

Lo más relevante: para asegurar el cumplimiento de la sentencia, las sanciones económicas se aplicarán a la entidad condenada y, de manera personal, a Demetrio Thalasselis -ministro de Salud de la provincia de Río Negro- o a quien lo reemplace. En cuanto a las costas judiciales, se impusieron por su orden, y el amparista fue eximido de su pago en virtud de las particularidades del caso.

Ahora, el Ministerio de Salud tiene 10 días hábiles para cumplir la orden. De lo contrario, las multas comenzarán a correr. El vecino, por su parte, espera por fin poder operarse y empezar a recuperar su vida.