Lo condenaron por transportar dos kilos de cocaína en un micro en Río Negro: ahora, resta la cesura

El Tribunal Oral Federal de Roca declaró culpable a Oscar Flores Solís por transportar cerca de dos kilos de cocaína en un micro. Este miércoles se realizará la cesura.

El Tribunal Oral Federal de General Roca declaró este martes la responsabilidad penal de Oscar Flores Solís por haber transportado cerca de dos kilos de cocaína en un micro de larga distancia que había partido desde Ezeiza con destino a Río Colorado. La condena fue dictada tras una intensa jornada de alegatos de clausura, donde la defensa intentó excluir la prueba clave del procedimiento, aunque sin éxito.

Con esta resolución, el tribunal integrado por Alejandro Cabral, Simón Bracco y Ernesto Sebastián dio por cerrado el debate y habilitó la etapa de cesura, que determinará la pena. La audiencia fue fijada para este miércoles a las 13:30 en los tribunales federales de Roca.


El operativo en la Ruta 22 y el hallazgo de la mochila con cocaína


El caso se originó a partir de una denuncia anónima que alertó sobre un posible traslado de estupefacientes desde Buenos Aires hacia Río Negro. Según la fiscalía, esa información permitió delinear un operativo en el puesto de control de la Ruta Nacional 22, en Río Colorado, donde agentes de fuerzas federales inspeccionaron el micro y hallaron una mochila gris con casi dos kilos de cocaína de alta pureza.

La droga estaba acondicionada dentro del equipaje ubicado en el compartimento superior de la butaca 36, lugar donde viajaba Flores Solís. El paquete tenía un sello identificatorio del “delfín”, una marca de un sello internacional, utilizada en el fraccionamiento de droga de calidad media a alta, según consta en la pericia.

El imputado siguió la audiencia por Zoom. Foto Alejandro Carnevale.

El peso total secuestrado fue de 1,995 kilogramos con un nivel de pureza del 83%, cantidad que permitiría producir más de 16 mil dosis. Para la fiscalía, ese volumen descarta cualquier hipótesis de uso personal e implica necesariamente una actividad de transporte con fines de comercialización.


La acusación fiscal: un viaje de mas de 1100 kilómetros planificado para transportar estupefacientes


El equipo que lideró el fiscal federal Sebastián Gallardo, junto a Francisco Iglesia Frezzini y Greta Dómina, sostuvo en su alegato que la prueba reunida demuestra que Flores Solís salió desde Ezeiza llevando consigo dos mochilas, una negra y una gris, y que esta última contenía la droga. Los choferes del micro declararon que vieron al imputado subir con ambos bolsos, mientras que un guía canino aseguró que el perro marcó la mochila gris una vez iniciada la inspección.

Gallardo incorporó también el análisis del teléfono celular secuestrado al imputado, donde se constató que dos días antes de la partida consultó sitios relacionados con “controles por estupefacientes” y “procedimientos en ruta”. Para la fiscalía, esta conducta demuestra un intento de anticipar eventuales inspecciones y evidencia una preparación previa.

El MPF remarcó, además, que Flores Solís pertenece a una familia con antecedentes en causas de narcotráfico: es hijo de un condenado por transporte de drogas y hermano de otro interno. Según el fiscal, la coincidencia de características entre la denuncia anónima y el imputado fue uno de los elementos que justificó iniciar la pesquisa.


La defensa alegó nulidades, sesgos y una investigación «viciada»


La defensa pública, integrada por Sabrina Ascani Torres y Celia Delgado, basó su estrategia en atacar la legalidad del procedimiento. Aseguraron que toda la investigación tiene origen en un acto nulo, ya que la prevención policial habría direccionado las tareas hacia la familia Flores Solís sin autorización judicial, solicitando a bases de datos sensibles información sobre viajes, vínculos y visitas penitenciarias.

Según Delgado, el Código Procesal Penal Federal exige que, una vez identificado un posible autor, la fiscalía debe solicitar una audiencia unilateral para continuar la investigación sin notificárselo. La letrada sostuvo que ese procedimiento no se cumplió y que la falta de control jurisdiccional invalida la pesquisa.

También cuestionó la requisa realizada en el colectivo y la validez del marcaje del can, afirmando que los agentes actuaron sin orden judicial y sin verificar una situación de urgencia. La defensa sostuvo que la orden de requisa fue pedida cuando el procedimiento ya se encontraba avanzado y que el pedido presentado al juez contenía “información sesgada”.

Delgado apuntó incluso a la credibilidad del testimonio de uno de los choferes, quien inicialmente negó recordar si Flores Solís llevaba dos mochilas y luego, en juicio, afirmó lo contrario tras haber visto su declaración previa mostrada por la fiscalía.


La declaración del imputado: «Yo jamás subí con dos mochilas»


En su oportunidad de declarar, Flores Solís negó haber transportado la mochila gris y aseguró que subió al micro únicamente con un bolso negro. Mostró una fotografía tomada en la terminal, que —según indicó— la fiscalía tenía en su legajo pero no utilizó como prueba.

El imputado se describió como trabajador de la construcción y afirmó que no posee bienes ni vehículos. “¿Puede ser un narcotraficante una persona que no tiene un auto, una moto, una casa, una cuenta bancaria?”, cuestionó Delgado al exponer la situación económica de su defendido.


La respuesta del fiscal y el rechazo a los planteos


Gallardo respondió que la defensa llegó al juicio con planteos extemporáneos que debió haber impulsado durante la etapa de saneamiento. Sobre la investigación previa, destacó que la denuncia anónima no configuraba la existencia de un “autor idealizado”, condición necesaria para activar la regla que exige la audiencia unilateral.

El fiscal también sostuvo que la requisa se realizó bajo el artículo 137 del Código Procesal Penal Federal, que regula la inspección cuando existe una investigación previa en curso, y no bajo el artículo 138, destinado a casos de urgencia.


El veredicto y lo que viene


Luego de escuchar los alegatos y la última palabra del imputado, el tribunal pasó a deliberar y, alrededor de las 15, declaró culpable a Flores Solís por transporte de estupefacientes en calidad de autor. La calificación corresponde al artículo 5°, inciso C, de la Ley 23.737.

El tribunal dispuso convocar para este miércoles, a las 13:30, la audiencia de cesura en la que se establecerá la pena.


El Tribunal Oral Federal de General Roca declaró este martes la responsabilidad penal de Oscar Flores Solís por haber transportado cerca de dos kilos de cocaína en un micro de larga distancia que había partido desde Ezeiza con destino a Río Colorado. La condena fue dictada tras una intensa jornada de alegatos de clausura, donde la defensa intentó excluir la prueba clave del procedimiento, aunque sin éxito.

Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora