Impusieron prisión condicional a una pareja condenada por estafas reiteradas en Roca

El tribunal de juicio les aplicó a los imputados tres años de prisión condicional por las estafas con las ventas de dos viviendas, que no construyeron, y materiales de construcción que no entregaron o lo hicieron parcialmente. La fiscalía y la querella habían pedido prisión efectiva.

La habilidad y el poder de persuasión impulsaron a dos personas a confiar en Carla Sosa y Nicolás Sebastián Fotti para hacer realidad sus sueños de tener su casa propia. Pero nunca las construyeron. Otras ocho víctimas cayeron en la misma trampa. Creyeron que la pareja, que les vendió materiales de construcción, se los acopiaba y resguardaba. Cuando fueron a retirarlos no había depósito y el comercio había cerrado sin previo aviso.


El tribunal de juicio de Roca, integrado por Verónica Rodríguez, Gastón Martin y Emilio Stadler condenó este viernes a Sosa y Fotti a 3 años de prisión de ejecución condicional como coautores de diez estafas reiteradas.

Los jueces les impusieron reglas de conducta. Por eso, durante dos años deberán fijar domicilio, someterse el cuidado del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, con una presentación cuatrimestral, no consumir bebidas alcohólicas, ni estupefacientes y no cometer delitos. “Todo bajo bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad impuesta, para el caso de incumplimiento”, advirtió el tribunal.

Los imputados habían sido declarados culpables por el tribunal a mediados de diciembre pasado. Allí, los condenaron como coautores de diez hechos de estafas.


Los estafas


El caso llegó a juicio por la denuncia de personas que habían contratado la construcción de viviendas por intermedio de la empresa fantasma IN.TEC Constructora o la provisión de materiales de construcción del corralón-ferretería Ferrasur, ubicada en Roca, que pertenecían a la pareja. Los hechos investigados ocurrieron en Roca, entre mediados de 2020 y mediados de 2022.

«Esta constructora IN-TEC, nunca existió en realidad, no tiene trabajadores a cargo, no tiene profesionales, no tiene herramientas, maquinarias, nada de nada, no existe, y nunca existió la mentada IN-TEC Cosntrucciones», señalaron los jueces en la sentencia.

«Por otra parte, es evidente que tanto Sebastián Fotti, como Carla Sosa, carecían de capacidad técnica, operacional, económica y financiera, para llevar adelante la construcción de viviendas, entonces, desde el inició los imputados sabían que no iban a cumplir, que todo era una maniobra defraudatoria, por eso es que simularon ser propietarios de una empresa constructora, aparentaron bienes y capacidad técnica y financiera, alquilaron una oficina, pusieron cartelería, todo un escaparate para la ocasión, destinado a generar confianza en la gente, y disimular la verdadera intención de estafar, como efectivamente hicieron», afirmaron.

Solo faltaba el juicio de cesura para definir la pena, que se conoció este viernes en los Tribunales de Roca.

El fiscal Rubiolo Britos había pedido que sean condenados a cinco años de prisión, con la adhesión del abogado Federico Dalsasso, que patrocinó a uno de los damnificados que se constituyó como querellante en la causa. Mientras que el defensor Miguel Salomón había solicitado un año de prisión en suspenso.


Por qué no fueron presos


Los jueces valoraron a favor de los acusados que son jóvenes, que no tienen antecedentes penales, siempre estuvieron a derecho y manifestaron su intención de reparar patrimonialmente el daño causado a las víctimas.

En contra, señalaron la cantidad de hechos cometidos, su duración en el tiempo, el daño patrimonial causado que actualizado -según señaló la fiscalía- es de 42 millones de pesos.
También, tuvieron en cuenta el daño moral sufrido por sus víctimas, que se refleja en problemas en la salud, la frustración y el dolor espiritual causado.

Además, el aprovecharse de una necesidad habitacional evidente el despliegue de los medio utilizados, comercio, oficina, escribano, etc., y que ambos son insolventes y no responderán patrimonialmente en el fuero civil.

El tribunal descartó aplicarles una condena de prisión efectiva porque “tratándose de dos personas jóvenes, que si es real su declarada intención de reparar el daño patrimonial causado, seguro podrán hacerlo desde el trabajo honrado en libertad”.

“Además, tienen un hijo de 7 años de edad a su cargo y que se la señora Sosa está embarazada, así las cosas, sin duda la cárcel aparece como un reproche exagerado e inútil”, afirmaron los jueces.


“Por otra parte, los acusadores no han dado razones fundadas y ciertas, de la necesidad de la detención y el sometimiento a un régimen penitenciario de los condenados”, destacaron en la sentencia que aún no está firme y se puede apelar.


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