La Corte Suprema cerró la última puerta para investigar el homicidio de un bebé en Bariloche

El foco de discusión fue el allanamiento realizado en mayo de 2019 en una casa del barrio 144 Viviendas que se realizó sin la orden respectiva. La Corte Suprema de Justicia rechazó los recursos de queja.

La accidentada investigación judicial que impidió determinar responsabilidades en el caso de un bebé asesinado en esta ciudad en 2019 topó con un último revés, luego del pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia que rechazó los recursos de queja que buscaban revertir lo decidido por los tribunales rionegrinos.

El eje de discusión a lo largo de todo el proceso fue la inspección realizada en mayo de 2019 en una casa del barrio 144 Viviendas, donde se encontró un bebé de pocos días dentro de un armario, con signos de haber padecido una muerte violenta, lo cual fue confirmado luego por la autopsia.

La fiscal Betiana Cendón, pugnó desde entonces por sostener la acusación por el hecho contra la joven madre del niño, de 18 años. Pero la jueza actuante, Romina Martini, dictó la nulidad de las pruebas obtenidas porque el allanamiento se realizó sin la orden respectiva. La evidencia principal para avanzar en la causa era el cadáver del niño, que había sido hallado en una simple “inspección” del inmueble, autorizada por la hermana de la mujer sospechada.

Cendón argumentó que actuaban urgidos por encontrar un bebé, no se sabía si vivo o muerto, luego de que su madre ingresó al hospital zonal afectada por las secuelas de un parto reciente.

El defensor oficial de la joven, Marcos Cicciarello, consigió sostener en todas las instancias la nulidad derivada de la ausencia e una orden de allanamiento y el caso quedó impune. La decisión del juzgado de primera instancia de esta ciudad, emitido a fines de 2019, fue ratificado luego por el Tribunal de Impugnación de la provincia, y en septiembre de 2020 el Superior Tribunal de Justicia rechazó la apelación y también había denegado el recurso extraordinario ante la Corte.

La fiscalía y la defensa jugaron su última carta ante el máximo tribunal, que tres años después rechazó el recurso de queja por cuestiones de forma. En un fallo redactado por el juez Ricardo Lorenzetti, la Corte desestimó la “presentación directa” de la queja porque no estaba dirigida “contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”.

El juez aclaró sin embargo, “para evitar interpretaciones erróneas”, que la desestimación del recurso extraordinario “no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida”. Es decir que no se pronunció sobre la legitimidad de la inspección a la vivienda de la madre acusada.


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