Lesa humanidad: procesaron a la tripulación de los vuelos a Bahía Blanca

El juez federal Gustavo Villanueva les imputó al copiloto y al mecánico del avión los mismos cargos que tuvo el piloto Juan José Capella. En el 2021 fue condenado a 12 años de prisión como partícipe necesario de privaciones ilegales de la libertad y tormentos.

La tripulación del avión que protagonizó los vuelos clandestinos en los que se llevaron a los desaparecidos y detenidos políticos a la tortura en Bahía Blanca, quedó procesada en diciembre. El juez federal Gustavo Villanueva les endilgó al copiloto y al mecánico del avión tripulado por Juan José Capella los mismos cargos que formaron parte de las imputaciones que tuvo el piloto de la aeronave.

Capella fue sentenciado el 9 de diciembre de 2021 a 12 años de prisión, acusado como partícipe secundario de las privaciones ilegales de la libertad, de los tormentos, las desapariciones forzadas y homicidios ocurridos en Bahía Blanca.

También se lo responsabilizó por las violaciones que padecieron las dos adolescentes de 15 y 16 años que trasladó en junio de 1976 al centro clandestino desde el aeropuerto Presidente Perón de Neuquén.

La condena de Capella está en apelación ante la Cámara Nacional de Casación Penal. Los procesamientos de la tripulación que fue parte de esos vuelos, en cambio, están en vías de apelación en la jurisdicción regional, en la Cámara Federal de Apelaciones de Roca.

Fueron procesados por el juzgado federal el copiloto del avión, Daniel Eduardo Gordoa, y el mecánico de la aeronave, Antonio Colombo.

A medida que se desarrolló el séptimo juicio, en 2021, Colombo (que fue citado como testigo) y Gordoa fueron considerados por la fiscalía federal como cómplices o partícipes al igual que Capella de los operativos de traslado de cautivos al centro clandestino del V Cuerpo en Bahía Blanca.

La citación de Colombo como testigo fue parte de la polémica que hubo entre el equipo de la defensa y la fiscalía federal, que reclamaba que el testigo no debía declarar porque estaba implicado tanto como el piloto. “Debe haber cerrado al puerta” en cada vuelo, ejemplificó en su momento el fiscal José Nebbia.

El debate oral del séptimo juicio duró casi un año. Cuando se desarrollaban las últimas audiencias de testimonios en el salón de Avenida Argentina 1680, el juez de instrucción Gustavo Villanueva indagó al mecánico militar que iba con Capella en los vuelos clandestinos, Antonio Colombo.

Y una semana antes de que se conociera el veredicto condenatorio, el magistrado allanó la casa de Gordoa, el copiloto militar que reside en Villa Ventana desde donde se llevó documentación vinculada a la causa.

Según trascendió en ese momento, entre otros papeles secuestrados a Gordoa, se contaría con planillas de vuelo de la base Espora de la época de la dictadura.

El procesamiento de Gordoa y Colombo, con fecha del 29 de diciembre del 2022, fue por su participación en los traslados clandestinos de las 20 personas que fueron llevadas en grupos, a Bahía Blanca en junio de 1976.

De esos traslados, nunca volvieron Cecilia Vecchi, Alicia Pifarré, Susana Mujica, Mirta Tronelli, Carlos Schedan, Jorge Asenjo, Carlos Chávez y Arlene Seguel.

Fueron subidos de noche, a los golpes, vendados y maniatados en el Twin Otter AE 106 que figuraba en el legajo de Capella como “comisiones especiales” a Neuquén.

Según se consignó en la sentencia de 2021, el Ejército tenía dos Twin Otter que estaban operativos para los traslados clandestinos:, uno estaba destinado a Campo de Mayo (AE-258) y, el otro (AE-106), era piloteado por Capella.

Este último y su tripulación hicieron al menos tres vuelos con grupos de torturados desde Neuquén al centro clandestino “La Escuelita” de Bahía Blanca.

Hubo otro vuelo desde Neuquén en el que se trasladó -en condiciones de tortura- a una sola secuestrada, una hipótesis que los jueces Simón Bracco, Alejandro Cabral y Alejandro Silva, consideraron como válida en los fundamentos de la sentencia.

“Capella no podía desconocer que estaba trasladando a víctimas secuestradas y en las condiciones visibles en que estaban siendo trasladadas, atadas, con los ojos vendados. Vio las condiciones en que eran trasladadas y cumplió con parte de su rol”, escribieron los jueces en la sentencia condenatoria.

Otro piloto militar que declaró como experto fue reportado por la fiscalía en la causa Campo de Mayo por su presunta vinculación con los llamados “vuelos de la muerte”.

Siguen el fiscal y el juez federal de la dictadura


Con el cese de la feria judicial de febrero, se espera que se ponga en marcha el inicio del juicio contra los funcionarios y magistrados como actores civiles que fueron partícipes de la última dictadura cívico militar.

El juicio tendrá dos acusados: el exfiscal federal Víctor Ortiz y el exjuez federal Pedro Duarte, acusados de ser parte del aparato de desaparición y torturas en la región.

Se los acusa de incumplimiento de deberes, omisión de justicia y prevaricato, en más de 25 hechos.
El tribunal está compuesto por magistrados que no son de Neuquén: los jueces Simón Bracco, Luis Foglia y Alejandro Silva, aunque ya han intervenido en juicios de lesa humanidad en Bahía Blanca y Patagonia sur.

Aún no se realizó la audiencia preliminar, donde se fijará la cantidad de testigos que forman parte de la prueba y la modalidad de la realización de las jornadas de debate.

Un torturador de La Escuelita murió antes de ser notificado


El coronel retirado Jorge Molina Ezcurra, sindicado por la investigación judicial como uno de los interrogadores en el centro clandestino “La Escuelita” de Neuquén, falleció el año pasado en Buenos Aires, cuando iba a ser notificado de un nuevo procesamiento.

El procesamiento de agosto de 2022 por 14 detenciones ilegales y torturas, entre ellas dos homicidios cometidos en el marco de la desaparición forzada, le iban a ser comunicadas en los días de que fue internado por una descompensación y falleció a los 78 años, antes de recibir la notificación.

Molina Ezcurra era en 1976 uno de los oficiales del destacamento de Inteligencia del Ejército en Neuquén.

Por su actuación durante el terrorismo de Estado, tuvo una condena en firme en 2008, que por la contabilización del 2×1, se le agotaba el 3 de agosto de 2024.

Pero la fiscalía federal apeló la aplicación de ese criterio para las condenas de lesa humanidad en la región y, en 2019, la Corte Suprema ordenó el nuevo cómputo, por lo que su prisión (domiciliaria) por esa condena finalizaba el 30 de mayo de 2028.

Molina Ezcurra también tenía otra sentencia en el segundo juicio de 2012 por otras víctimas; en el cuarto juicio que se hizo en 2015 por casos no juzgados de torturas; por otros hechos en el quinto juicio que se hizo en 2017; otra sentencia en el sexto juicio que se hizo en 2018; y la última condena a perpetua, en el debate que se desarrolló en 2021.

Tres condenas tenían confirmación de segunda instancia (por el Tribunal de Casación) y las otras seguían en apelación.

En una de las pocas intervenciones que hizo ante los jueces de Neuquén, Molina Ezcurra reconoció ser el segundo al mando en el destacamento de Inteligencia que coordinaba los secuestros y operativos de desaparición de personas.

En las intervenciones de las defensas ante el tribunal de Casación, acusó a la justicia de desconocer el sistema de mandos y reglamentación militar y cuestionó a los tribunales civiles.

No aportó detalles sobre el destino de las personas que permanecen desaparecidas en la región luego de los interrogatorios bajo tortura, por los que fue responsabilizado como partícipe necesario.


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