Sentencia Escuelita: Duarte y Ortiz integraron la represión en Neuquén para lograr la impunidad de la dictadura

El Tribunal Oral Federal de Neuquén que juzgó la participación de la justicia federal durante la dictadura, derrumbó todos los argumentos de desconocimiento que plantearon los acusados

Pedro Duarte y Victor Ortiz, como juez y fiscal en el juzgado federal de Neuquén, respectivamente, tuvieron una «colaboración dolosa con el aparato represivo» para que se llevaran a cabo en la región los secuestros y desapariciones durante la última dictadura cívico militar. Así lo estableció el Tribunal Oral Federal de Neuquén que dio a conocer los fundamentos de la condena a 11 años de prisión para los dos exfuncionarios judiciales.

En una sentencia que superó las 330 páginas con argumentos y detalles legales, los jueces indicaron que el Poder Judicial en Argentina tuvo un «rol activo» durante el terrorismo de Estado y que su papel fue clave en la estrategia represiva.

María Paula Marisi, Alejandro Silva y Sebastián Foglia coincidieron en los fundamentos de la condena. Este último convalidó todos los argumentos y solo difirió en la calificación de delitos constitutivos de genocidio, un planteo que por primera vez se dejó por sentado en los juicios de Neuquén (ocho en total) por delitos de lesa humanidad.

El tribunal consideró que el accionar de Duarte y Ortiz en Neuquén posibilitó la comisión de delitos de lesa humanidad en el contexto del denominado Proceso de Reorganización Nacional. «Facilitaron la consolidación del aparato represivo, asegurando impunidad propia y de los que participaron del plan delictivo», sostuvieron.

Describieron con detalle cómo obligaron a los familiares a «periplos impensados para obtener información sobre sus seres queridos», en el caso de Duarte, con «dilaciones injustificadas y omisiones deliberadas» en la tramitación de los expedientes en los que se pedía conocer el destino de las personas secuestradas.

«Fueron parte del plan sistemático», señalaron los jueces. «Ortiz no solo omitió investigar, sino que con sus acciones, garantizó la impunidad».

Las definiciones en los fundamentos del tribunal que condenó a 11 años de prisión tanto a Duarte como a Ortiz como partícipes secundarios de los secuestros y desapariciones que se produjeron en la región, (24 en los expedientes) autores del delito de omisión de persecución penal y en el caso del juez, de prevaricato, validaron las acusaciones de la fiscalía y las querellas en cuanto a que los magistrados fueron la pata civil de la dictadura en la región.

El ex juez Duarte estuvo en todas las audiencias por videoconferencia (foto archivo, Cecilia Maletti)

Los jueces derrumbaron los planteos tanto de Duarte como de Ortiz, de que se enteraron de las torturas y los centros clandestinos cuando llegó la democracia y el juicio a la Junta. «Ortiz conocía el plan represivo y su accionar estuvo alineado con los intereses del aparato represivo», indicaron del exfiscal mientras describieron sus acciones en los casos en los que debió investigar.

Del exjuez indicaron que garantizó la cobertura de legalidad que requería el plan sistemático de la dictadura. Con una apariencia de legalidad, Duarte sumó tramitaciones formales, dilaciones, tramitó con deficiencias probatorias, excesos rituales y a la falta de impulso de la investigación, dictó archivo y sobreseimientos anticipados.

«Sería ingenuo plantear que la falta de actuación fuera por inoperancia o torpeza», destacaron los jueces y agregaron que los represores «se aseguraron miembros del Poder Judicial que aseguraran su impunidad» con personas que no investigaron o lo hicieron deficientemente para colaborar con el terrorismo de Estado.

La fachada y el maquillaje


Los jueces describieron que su trabajo fue un «maquillaje» de acción judicial con acumulación de expedientes que remitían a decretos que únicamente ordenaban el archivo de las causas, lo que daba «una apariencia de movimiento» mientras no se hacía nada.

Eran acciones «inocuas, vacías de contenido» porque no buscaban dar con el paradero de los detenidos, sino que operaban como una fachada de actuación judicial.

Con una descripción de casi 100 páginas, los jueces esbozaron en cada caso de desaparecidas, secuestros y denuncias de los familiares por la que se realizó este juicio, el accionar adrede de los magistrados para darle impunidad en forma sistemática a los grupos de tarea.

Victor Ortiz y Pedro Duarte culparon a los familiares por las investigaciones fallidas (foto archivo Florencia Salto)

El tenor de presentaciones se ocultó con «expedientes adentro de otros expedientes, para disimular el volumen de las denuncias y el cúmulo de causas con medidas que no llevaban al esclarecimiento de los hechos».

No hubo ni un allanamiento, ni citación a los testigos que aportaban los familiares denunciantes cuando se produjo la detención, ni con identificación parcial de los secuestradores, se describió. Los aportes de los familiares se citaron años después y en la mayoría de las actuaciones, no se citó a los testigos que daban señales de en dónde buscar a los desaparecidos.

Se evitó el contacto con los denunciantes y luego se los culpó de «no investigar qué pudo haber ocurrido» con el familiar que buscaban.

Las irregularidades del accionar de los magistrados incluían documentos que literalmente tenían fechas discordantes en informes del Ejército, Ministerio del Interior y otros organismos, fechas inventadas que no coincidían con los secuestros y datos de la liberación de los detenidos, que seguían desaparecidos.

«El patrón común fue dejar transcurrir el trámite, con adopción de medidas formales inocuas, sin un fin investigativo», sentenciaron

El tribunal rechazó las nulidades que plantearon las defensas de Duarte y de Ortiz, con una extensa descripción de por qué los crímenes cometidos durante la dictadura en Neuquén son imprescriptibles.

El fiscal Miguel Palazzani aseguró que Duarte y Ortiz trabajaban «en tandem» para la impunidad de los grupos de tarea (foto archivo Florencia Salto)

«No cabe duda que los sucesos juzgados son crímenes de lesa humanidad cometidos en el contexto del delito internacional del genocidio», sostuvieron.

Insistieron que el «mero paso del tiempo» no otorgaba impunidad a los acusados e insistieron que estos crímenes son excepcionalísimos y no cualquier hecho aberrante califica como de lesa humanidad, en respuesta a la batería de objeciones presentadas por el equipo de la defensa oficial que asistió a los magistrados de la dictadura.

De las jubilaciones de privilegio y otras medidas


La sentencia no planteó medidas de disculpas a los familiares por la Justicia negada, como lo pidió la APDH en el marco de las medidas de reparación establecidas para los crímenes de lesa humanidad por la Convención internacional de los Derechos Humanos.

Si accedió al pedido de la fiscalía de remitir a un juez con competencia previsional y a la Anses, los fundamentos de la sentencia para que se determine si corresponde el cese de la jubilación de privilegio.

Hubo otros planteos, como el que se diera a conocer al Colegio de Abogados de Neuquén la situación de Duarte y Ortiz para que se agregue a sus legajos, o a la Procuración del Tesoro por el cobro de la jubilación especial otorgada durante la dictadura o la señalización como Sitio de Memoria el juzgado federal de Neuquén como lugar donde se cometieron crímenes de lesa humanidad, en los que el tribunal indicó que los fundamentos de la condena, están a diposición.


Pedro Duarte y Victor Ortiz, como juez y fiscal en el juzgado federal de Neuquén, respectivamente, tuvieron una "colaboración dolosa con el aparato represivo" para que se llevaran a cabo en la región los secuestros y desapariciones durante la última dictadura cívico militar. Así lo estableció el Tribunal Oral Federal de Neuquén que dio a conocer los fundamentos de la condena a 11 años de prisión para los dos exfuncionarios judiciales.

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