Violencia de género en Cinco Saltos: podía cumplir la condena en libertad, pero optó por ir a la cárcel

Recibió una pena de 6 meses. Como no tenía antecedentes le fijaron una serie de medidas para purgar la pena en libertad, como ocurre habitualmente en estos casos. Sin embargo el hombre "no quiso saber más nada" y pidió ir al penal.

Los tribunales de Cipolletti vivieron una jornada inédita en una audiencia de Ejecución por un grave hecho de violencia de género en Cinco Saltos. Parecía un procedimiento de manual: una condena en suspenso con una serie de pautas de conducta, un trámite. Sin embargo, la decisión del hombre sometido al proceso sorprendió a todos. Incluso el juez de Ejecución de Cipolletti Lucas Lizzi fijó un cuarto intermedio para explicarle los alcances de su decisión.

El condenado recibió seis meses de prisión en suspenso por golpear violentamente a su pareja en diciembre de 2021. Pero lejos de acceder al beneficio, se rehusó a cumplir con las pautas de conducta, entre ellas realizar un curso de masculinidades, y optó por ir a la cárcel.

El inédito hecho en el Poder Judicial de Río Negro ocurrió el martes en la audiencia para definir las condiciones que debía cumplir el imputado para purgar la condena en libertad. «Se le consultó su voluntad sobre el cumplimiento de pautas y manifestó que su intención es cumplir la pena de seis meses que tiene, toda vez que tiene una imposibilidad, se le dificulta el cumplimiento de las pautas. Pedirá la revocación de la condicionalidad de la pena y que la cumpla efectivamente en el penal», sostiene el fallo firmado por Lizzi. Dijo que quiere cumplir con la condena y luego seguir trabajando, «no quiere saber más nada» con las pautas de conductas y las explicaciones de la defensa sobre su decisión.


Además del curso sobre violencia de género, se le habían impuesto las pautas de conducta como mantener distancia de la víctima, presentarse regularmente ante la justicia y mantener domicilio. El lugar de residencia fue otro de los aspectos que inclinaron la balanza ya que el hombre entendía que no podía irse a trabajar a otra localidad. La fiscalía le explicó que esto no era así, pero de igual modo el imputado dijo que no quería saber más nada y prefería ir a la cárcel. Las pautas debía cumplirlas por el lapso de dos años.

La fiscal expresó que no sabe si comprende la situación jurídica, que es un caso atípico. Si bien es una condena de sólo seis meses, las pautas no son tan gravosas. “Lo único que tiene que hacer es solicitar autorización para cambiar domicilio y la presentación cada dos meses ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados”, surge del fallo.

La audiencia fue el martes y según el fallo hoy comenzará a cumplir su condena en el Penal N° 5.
El hecho por el que fue condenado ocurrió el 25 de diciembre de 2021. En horas de la madrugada golpeó a su pareja en la cabeza, luego la tiró al piso y comenzó a patearla en el suelo. Horas más tarde volvió a ejercer violencia física y psicológica contra la víctima. Fue condenado por el delito de lesiones leves calificadas en contexto de género en concurso real con daño.

Como no tenía antecedentes penales se le fijó la pena mínima de seis meses y la prisión en suspenso. Sin embargo, el hombre eligió purgar la condena en la cárcel. Un caso inédito ya que la mayoría de los imputados hacen hasta lo imposible para evadir las paupérrimas condiciones en las que se encuentran los penales de la provincia.


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