La Corte Suprema rechazó indemnizar a un exiliado en 1974

BUENOS AIRES – La Corte Suprema de Justicia rechazó ayer pagar una indemnización a un ciudadano uruguayo detenido antes de la declaración del estado de sitio decretado durante el gobierno de Isabel Perón y quien luego se debió exiliar en Suecia.

El alto tribunal confirmó una sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que había desestimado la pretensión del ex detenido, a su vez rechazada por el Ministerio de Justicia.

Se trata del caso de César Rito de los Santos, uruguayo, quien fue detenido el 2 de junio de 1974, luego vivió en la clandestinidad dentro del país («exilio interno») y, finalmente, consiguió exiliarse en Suecia.

De los Santos declaró que tuvo que escapar de Uruguay por la grave situación que se vivía allí y que obtuvo aquí la residencia temporaria por un año, pero luego se lo expulsó del país por violar un edicto de aquella época.

La Corte consideró, en principio, que el ex detenido no acreditó haber sido puesto a disposición del Poder Ejecutivo y que su detención y pena de treinta días de arresto le fue impuesta «en un marco de legalidad, como lo era el edicto que prohibía las reuniones públicas».

Por otra parte, recordó que la ley 24.043 dispuso que podrían acogerse al beneficio de la indemnización «las personas que durante la vigencia del estado de sitio hubieran sido puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, por decisión de éste, o que siendo civiles hubiesen sufrido detención en virtud de actos emanados de tribunales militares…»

Y luego el decreto 1023/92 estableció como fecha inicial del lapso indemnizable el 6 de noviembre de 1974, cuando el gobierno de Isabel Perón declaró el estado de sitio, y como final el 10 de diciembre de 1983, cuando asumió el gobierno de Raúl Alfonsín.

De los Santos fue detenido el 2 de junio de ese año, por lo que está «fuera del plazo estipulado por la norma», remarcó la Corte.

«Continuar voluntariamente su exilio en Suecia, no resulta apta, para extender a ella la compensación monetaria prevista en la norma, cuya finalidad es la reparación a aquellas personas efectivamente detenidas a disposición del PEN o de autoridades militares argentinas», agregaron. El jueves pasado, la Corte rechazó otros pedidos de indemnización formulados por dos ciudadanos uruguayos, que también se exiliaron en 1974. (Télam).


BUENOS AIRES - La Corte Suprema de Justicia rechazó ayer pagar una indemnización a un ciudadano uruguayo detenido antes de la declaración del estado de sitio decretado durante el gobierno de Isabel Perón y quien luego se debió exiliar en Suecia.

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