La Defensoría del Niño colapsó por un falloque reinterpreta la ley 2.302

Le asignaron tareas que tenían otros juzgados. Recibió en cuatro días tantos casos como en un mes.

 

NEUQUEN (AN)- La defensoría de los Derechos del Niño y el Adolescente colapsó: en los primeros cuatro días de este mes le llegaron para su análisis medio centenar de expedientes, casi tantos como en todo junio.

El enorme caudal de trabajo, imposible de procesar por la pequeña estructura de la defensoría, se debe a un fallo de la sala II de la Cámara Civil que en los hechos

se interpreta como un cambio de la ley 2.302, de Protección Integral del Niño y el Adolescente.

En este contexto se produjo el inesperado desplazamiento de la coordinadora de la Mesa de Entradas de los juzgados de Familia.

El mismo día que firmó un crítico informe sobre la situación

en ese fuero especial, por un decreto de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia fue designada en otra área (ver aparte).

El desbarajuste comenzó con un episodio en apariencia menor, hacia noviembre del año pasado. La defensoría pidió que un juzgado de Familia citara a un menor con graves problemas familiares para una entrevista. El juzgado le hizo lugar pero ordenó a la defensoría que se encargara de realizar la cédula de notificación.

Según pudo saber este diario, la defensoría se negó porque de acuerdo con la ley 2.302 esa función no le corresponde.

Además existe una imposibilidad material de hacerse cargo de la tarea.

Elaborar una cédula parece tarea sencilla, pero hay que multiplicarlo por las más de 2.200 causas que maneja en este momento con una infraestructura mínima, frente a la de los cuatro juzgados de Familia.

Como el juzgado se mantuvo en su postura la defensoría apeló y el caso llegó a la sala II de la Cámara Civil, que integran Federico Gigena Basombrío e Isolina Osti de Esquivel.

Esta sala emitió la sentencia que desató el conflicto. Con fundamentos de Gigena Basombrío y la adhesión de Osti, afirmó que «en todos aquellos supuestos en que la defensoría actúe como parte a partir de la judicialización del conflicto, está a su cargo la realización de todos los actos procesales necesarios», y pone como ejemplo: «la confección de una cédula y su firma; la presentación de dictámenes elaborados por su propio equipo interdisciplinario; el ofrecimiento y producción de prueba; la citación de testigos, etcétera».

La Cámara señaló que «aun suponiendo que sean ciertos los inconvenientes de práctica, atento a las dificultades estructurales y materiales que afectan la defensoría, ello no alcanza a ser un argumento válido y constitucional».

Las versiones que circulan por los pasillos tribunalicios señalan que esta postura de la sala II sería compartida por la sala III, que integran Marcelo Medori y Fernando Ghisini (este último, ex asesor de Luis Manganaro y mentor de la frustrada reforma de la ley 2.302 que impulsó cuando era ministro de Seguridad). Y a la vez le atribuyen al vocal Ricardo Kohon, vicepresidente del TSJ, un respaldo al menos tácito a estos cambios.

El equipo de defensoras del Niño que encabeza Nara Osés apeló el fallo de la sala II. Señaló entre otros argumentos que «provoca cambios en las funciones y responsabilidades legales y constitucionales de los jueces de Familia y del ministerio pupilar, teniendo en cuenta los paradigmas

de la Convención Internacional de los Derechos del Niño» recogidos por la ley 2.302.

Añadió en la apelación que «la sentencia es arbitraria porque arremete contra la letra y el espíritu de la ley» 2.302, y considera que se parece más a una resolución administrativa que a una decisión judicial.

 

Al Tribunal Superior

 

Ahora el caso aterrizó en el Tribunal Superior de Justicia, que debe pronunciarse sobre el fondo del asunto para cerrar de una vez por todas la polémica. Pero mientras tanto los expedientes siguen lloviendo sobre la defensoría porque los juzgados de Familia están aplicando el criterio de la sala II de la Cámara Civil.

Este crítico cuadro fue corroborado por un informe preliminar de la Auditoría General del Poder Judicial, al que accedió este diario. Allí se señala que en los cuatro días posteriores a la feria judicial de invierno ingresaron a la defensoría 493 expedientes, la mayoría procedente de los juzgados de Familia. Sumados a los que están pendientes de resolución totalizan 720.

Fuentes judiciales indicaron que es imposible que la defensoría les dé tratamiento dentro del plazo legal del que dispone. Dicho en otros términos: colapsó.

SEBASTIAN LAFON

slafon@rionegro.com.ar

GUILLERMO BERTO

gberto@rionegro.com.ar


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