La norma contempla fuertes condiciones para la explotación en las zonas de glaciares

La ley sancionada esta madrugada por el Senado, denominada “Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y del Ambiente Periglacial”, consta de 18 artículos y establece fuertes condiciones ambientales para conseguir la explotación en zonas de glaciares.

La norma se destaca por la creación de un inventario para individualizar los glaciares y de un registro sobre las dimensiones, avances y retrocesos de los ríos de hielo, así como el aporte que hacen al caudal de las cuencas en las que se encuentran.

También, establece requisitos para proteger las zonas aledañas a los glaciares y fija prohibiciones precisas sobre la explotación en las regiones periglaciares, y requiere la confección de una auditoria ambiental para que se evalúen “los impactos ambientales potenciales y generados”.

Plantea que “en caso de verificarse impacto significativo, las autoridades dispondrán las medidas pertinentes para que se cumpla la ley, pudiendo ordenar el cese o traslado de la actividad y las medidas de protección, limpieza y restauración que correspondan”.

Las diferencias de opiniones se centraron en dos artículos, el 2 y el 15, modificados en la Cámara de Diputados, después que el senador oficialista Daniel Filmus decidiera retirar del dictamen el apoyo al artículo 17, que obligaba a las empresas a esperar el pronunciamiento de un organismo nacional, el Instituto Argentino de Niveología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianiglia), antes de recibir la autorización para sus iniciativas.

El artículo 2 establece la definición y el alcance de un glaciar y su zona adyacente: la sancionada por el Senado el año pasado establece condiciones menos restrictivas para la actividad minera como la reelaborada por al cámara baja.

La segunda diferencia, la del artículo 15, en la versión del Senado, no se establecían plazos concretos para efectuar los inventarios y las auditorías contempladas por la legislación, en tanto la versión de Diputados pone un límite de 180 días.

Agencia DyN


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