La Sublevación de Fontezuelas, un episodio olvidado de la historia

Armando Mario Marquez (*)

Cuando un pueblo valiente, generoso y lleno de virtudes se ve ajado, oprimido y degradado por la pequeña facción de hombres inmorales y corrompidos que en la actualidad componen y son los agentes del gobierno que representa el general Alvear, es un deber sagrado de sus hijos librar a sus hermanos y compatriotas de los horrores que sufren”. Con estas palabras se pronunciaron el 3 de abril de 1815 en el poblado de Fontezuelas las tropas que había enviado Carlos María de Alvear, director supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, hacia la provincia de Santa Fe para enfrentarse con las huestes de la Liga de los Pueblos Libres, conformada por la Banda Oriental, Corrientes, Entre Ríos y Córdoba –además de Santa Fe– y liderada por don José Gervasio de Artigas, donde aquella se había hecho fuerte y desafiaba abiertamente al gobierno porteño. Como respuesta y para rescatar Santa Fe, Alvear mandó a batallar a un ejército compuesto por 1.600 hombres, a cuyo frente se encomendó al coronel Ignacio Álvarez Thomas. Ese episodio, conocido con el nombre de Sublevación de Fontezuelas, conmemoró su bicentenario durante el curso de este año 2015, cuestión que pasó desapercibida pese a erigirse en un hecho que desencadenó importantes sucesos políticos e institucionales, incluso el de la declaración de nuestra independencia. Los contundentes términos transcriptos en el párrafo de inicio tuvieron un efecto rápido y directo, cual la renuncia del director supremo, el que había sido designado por la Asamblea General Constituyente en enero de ese mismo año en reemplazo de su tío, Gervasio Antonio de Posadas. El episodio se produjo al arribar el contingente a la posta de Fontezuelas, en inmediaciones de la actual localidad de Pergamino, en el Norte de la provincia de Buenos Aires, cuando jefe, oficiales y tropa de la partida militar se sublevaron a Alvear, desoyendo sus órdenes, ya que entendían que las luchas por la independencia estaban por sobre las apetencias personales encarnadas por aquél y su grupo de seguidores. Acorralado por los hechos Alvear, quien había sido intimado a dejar su puesto por Álvarez Thomas al hacerle llegar el manifiesto, no le quedó otro camino que el de presentar su renuncia el 17 de abril de 1815, prontamente aceptada por la Asamblea, abandonando el territorio patrio con destino al Brasil. Rápidamente el Cabildo de Buenos Aires convocó a elecciones para ocupar el cargo vacante, acto en el que resultó nominado el general José Rondeau, más como éste estaba al frente del Ejército del Norte, en la vanguardia militar de la lucha contra los realistas, el 20 de abril de 1815 fue nombrado, en su reemplazo, como director supremo sustituto el coronel Ignacio Álvarez Thomas. Esa misma ocasión fue aprovechada, también, para que fueran electos los integrantes de la Junta de Observación, lo que marca el final de la Asamblea General Constituyente –quien la había creado– en vigencia y funciones desde principios del año 1813. El nuevo organismo de mención quedó así conformado por Esteban Agustín Gascón, Pedro Medrano, Antonio Sáenz, José Mariano Serrano y Tomás Manuel de Anchorena, mientras que Domingo Zapiola y Manuel Obligado fueron electos como sus suplentes. Toda vez que, en oportunidad de su entronización, el Cabildo de Buenos Aires había hecho público un bando por el que demandaban dar al nuevo gobierno “un estatuto provisional, capaz de contener los grandes abusos que hemos experimentado”, los componentes del flamante cuerpo de inmediato pusieron manos a la obra en pos de ello. Estos concluyeron con la referida tarea el 5 de mayo de 1815, oportunidad en la que presentaron el documento encomendado al director supremo, quien, en esa misma jornada, procedió a su sanción, con el nombre de Estatuto provisional para la Dirección y Administración del Estado. Este instrumento, de cuya sanción también rememoramos su bicentenario, generó por sus características, que escapan al tema central de este trabajo, el rechazo general, en especial del interior patrio. Pese a ello, vamos a destacar el contenido del artículo XXX de la sección 3ª, capítulo I, del citado documento, cuya letra establecía “que el director del Estado, luego que se posesione del mando, invitará con particular esmero y eficacia a todas las ciudades y villas de las provincias interiores para el pronto nombramiento de diputados que hayan de formar la Constitución, los cuales deberán reunirse en la ciudad de Tucumán”. Ello no sería otra cosa que la convocatoria al Congreso que comenzó sus sesiones el 24 de marzo de 1816 en la ciudad de San Miguel del Tucumán, en cuyas jornadas del mes de julio fuera declarada nuestra independencia nacional. Que nuestra memoria y nuestro recuerdo estén enmarcados por ello, en especial a los hombres que en Fontezuelas abrieron el camino hacia ese sueño. (*) Miembro del Comité Ejecutivo de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional


Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora