Las claves del blanqueo y el incentivo para la construcción

Las nuevas normativas reglamentan la exteriorización de activos aprobada en 2020. Los fondos deben ser aplicados a obras nuevas o a aquellas con un nivel de avance de hasta el 50%, y los beneficios incluyen exención de Bienes Personales hasta 2022.

Redacción

Por Redacción

Por Cr. Federico José Parrilli (Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.)

Incentivo. El blanqueo busca generar un impulso a la actividad de la construcción.

En las últimas semanas se emitieron nuevas normativas del BCRA, CNV y AFIP que regulan el régimen de incentivo para la construcción instaurado por la Ley 27.613.
Para entender los lineamientos y el alcance de la normativa valen las siguientes preguntas.

¿ Cual es la finalidad?

La norma tiene como propósito generar un mecanismo para reactivar la construcción ya sea mediante fondos que actualmente los contribuyentes tienen blanqueados como un régimen de normalización de tenencia en moneda extranjera y/o moneda nacional, en el país o en el exterior que sean destinados a la realización de obras nuevas o que tengan un grado de avance de menor al 50% a partir del 12/03/2021.
El incentivo para los contribuyentes que ya cuentan con fondos blanqueados consiste en la exención en el Impuesto a los Bienes Personales (IBP) por dos periodos fiscales y un bono de crédito fiscal del 1% sobre todas las inversiones que se hagan hasta el 31/12/2022. Este bono incluso se puede computar par la declaración jurada de IBP del año 2020 por las inversiones que se realicen entre el 12/03/2021 y el vencimiento de la declaración jurada.
Se busca además que los contribuyentes que cuenten con fondos no declarados puedan blanquear y sean de afectación específica a la construcción.

¿Cuáles son los plazos?

Los plazos son muy acotados y merecerían una prórroga para que más contribuyentes puedan ingresar.
El régimen entro en vigor el 12/03/2021 y para poder acceder a la tasa del 5% los fondos tienen que ser depositados en una Cuenta Especial de Deposito y Cancelación para la Construcción Argentina – CECON.AR en entidades financieras antes del 10/05/2021. Si se realiza el depósito con posterioridad, se puede acceder con una tasa del 10% hasta el 9/6/2021 y luego con una tasa del 20% hasta el 9/7/2021.
Otra fecha importante es el plazo que tiene el contribuyente para abonar el impuesto especial. En el primer tramo hasta el 21/05/2021 para hacer el pago y hasta el 31/05/2021 para presentar la declaración jurada de exteriorización. Recién el 17/05/2021 la AFIP pondrá a disposición el aplicativo en su servicio web.

¿Que tipo de construcciones ingresan?

Pueden ingresar las obras privadas nuevas (construcciones, ampliaciones, instalaciones, entre otras) que se encuentren sujetas a denuncia, autorización o aprobación por autoridad competente a partir del 12/03/2022 o que posean hasta un 50% de grado de avance a dicha fecha. Para acreditar la fecha de inicio y el grado de avance menor al 50% es necesario el dictamen de un profesional matriculado competente en la materia con su firma certificada por la autoridad profesional que rija la matrícula o, en el primer caso, también se admitirá la información presentada ante las autoridades edilicias competentes.

El incentivo para los contribuyentes que ya cuentan con fondos blanqueados consiste en la exención en Bienes Personales por dos periodos fiscales.


Se crea el Registro de Proyectos Inmobiliarios “REPI” bajo la plataforma de la AFIP que estará disponible a partir del 7/07/2021. En este registro se deberán declarar e informar los proyectos de construcción. Se entiende
Una vez aceptada la inscripción se generará un “Código de Registro de Proyecto Inmobiliario” y se emitirá la correspondiente “Constancia de Registración de Proyecto”.
Dicho código deberá ser consignado en las declaraciones juradas de los inversores para gozar de los beneficios vinculados al IBP, Impuesto a las Ganancias y/o Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y/o Sucesiones Indivisas. Programa de Normalización

¿Cómo se computan los beneficios?

Exención del IIBP por las obras realizadas hasta el 31/12/2022.
Exención IBP 2021: Inversiones realizadas entre el 12/03/2021 y el 31/12/2021.
Exención IBP 2022: Inversiones realizadas entre el 01/01/2022 y el 31/12/2022.
Cómputo como pago a cuenta del IBP del 1% de las inversiones realizadas.
Pago a cuenta para el período fiscal 2020: Inversiones realizadas entre el 12/3/2021 y el vencimiento de la DD.JJ. IBP del período fiscal 2020
Pago a cuenta para el período fiscal 2021: Inversiones realizadas entre el día siguiente al vencimiento de la DD.JJ. IBP del período fiscal 2020 y el 31/12/2021
Pago a cuenta para el período fiscal 2022: Inversiones realizadas entre el 1/1/2022 y el 31/12/2022

¿ Quién puede ingresar al blanqueo?

Pueden ingresar personas humanas y personas jurídicas siempre que sean residentes en el país al 12/03/2021. No obstante la norma establece un lista de sujetos excluidos muy amplia que van desde funcionarios públicos en todos los niveles, poder judicial, fuerzas de seguridad, poder legislativo, como así también los cónyuges, padres y los hijos menores emancipados.

¿ Como funciona el blanqueo?

En primer término los fondos blanqueados tienen que depositarse en una cuenta especial si o si. Una vez depositados tanto en moneda nacional o dólares, se pueden mantener en la moneda de origen, comprar títulos públicos (solo se puede hacer una operación por el importe blanqueado) o venderlos contra pesos en el mercado oficial en el caso de dólares.
Luego estos fondos tienen que destinarse hasta el 31/12/2022 a las obras o proyectos que vayan a ser afectados y se puede hacer el egreso de los fondos en la medida de las necesidades de construcción.
Existe una duda en cuanto a que si se pueden transferir los dólares blanqueados desde la cuenta especial a la cuenta del desarrollador o si previamente debieran convertirse en pesos (ya sea vía MULC o bien por el MEP).

¿Si se decide comprar títulos públicos como es el procedimiento?

En este aspecto tenemos dos posibilidades, por un lado si un contribuyente deposita pesos en la cuenta especial y quiere tener un resguardo ante la desvalorización puede comprar títulos públicos si piensa que los títulos públicos pueden aumentar o bien como un resguardo. Luego cuando decida realizar la inversión puede ir vendiéndolos a medida de sus posibilidades.
Si por el contrario depositó dólares en la cuenta especial, puede también comprar títulos públicos con liquidación en pesos dentro de los 5 días.

¿ Que otra inversión se le puede otorgar a los fondos blanqueados?

Los fondos también pueden destinarse a la compra de productos de inversión colectiva para el desarrollo inmobiliario tanto en moneda nacional como en moneda extranjera, como pueden ser los fondos comunes de inversión que se puedan crear con estos fines específicos.


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