Lázaro, ¿el beneficiario final?

La de Báez no es la actitud de un acumulador de fortuna en inmuebles. El fin último todavía no lo sabemos y debería ser investigado.

A partir de la Cumbre del G20 en San Petersburgo el concepto de “beneficiario final” ha sido un tema de agenda y en la Cumbre de Sidney del 2014 se presentaron diez principios sobre los cuales las declaraciones de los líderes mundiales dejaron en claro que se crearon para “proteger la integridad y transparencia del sistema mundial” y “prevenir el mal uso de personas jurídicas para la corrupción, la evasión de impuestos, el lavado de dinero, terrorismo y narcotráfico”.

A nivel internacional se propicia, y nuestra legislación lo ha receptado, la figura del “beneficiario final”, como también el requerimiento de medidas específicas que se deben determinar sobre la base de un “enfoque basado en riesgo”, de modo tal que las autoridades competentes tengan acceso a la información sobre la propiedad efectiva de las empresas de manera adecuada, precisa y oportuna.

La evaluación de riesgos debe considerar las amenazas y vulnerabilidades asociadas con los acuerdos informales mediante los cuales los amigos, miembros de la familia o asociados pretenden ser los propietarios efectivos de las empresas.

El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) definió al “beneficiario final” a partir de los conceptos de propiedad legal y control. El elemento principal sobre el que se centra la definición de dicho organismo son las personas naturales que realmente poseen y se aprovechan del capital o patrimonio de la persona jurídica, así como en aquellos que realmente ejercen un control efectivo sobre ella e incluye a las personas físicas, en cuyo nombre se realiza una transacción, aun cuando la misma no tenga la propiedad o el control real o legal sobre el cliente, esto es la persona que en nombre y representación de la empresa realiza diferentes transacciones.

El artículo 17 de la nuestra ley 26683 recepta el concepto de “beneficiario final” y pone en cabeza de los sujetos obligados a informar a la Unidad de Información Financiera, la tarea de adopción de medidas adicionales para obtener información acerca de la verdadera identidad de la persona por cuenta de la cual actúan los clientes.

Por otra parte, en virtud de la importancia establecida a nivel internacional y nacional a las denominadas “personas políticamente expuestas”, cabe señalar que en las medidas que sean tomadas teniendo en cuenta tal circunstancia se deben determinar sobre la base de un “enfoque basado en riesgo” y, justamente, la relación de las personas jurídicas, que por su objeto y desarrollo de actividad están relacionadas íntimamente con el Estado, debe considerarse un riesgo cierto a la amistad y relación íntima de las autoridades y/o socios de la misma con personas políticamente expuestas.

Nuestra legislación exige a los sujetos obligados poner en práctica medidas adicionales para obtener la identidad del “beneficiario final”.

El jueves pasado Leonardo Báez, hijo del detenido empresario Lázaro Báez, recusó al juez federal Sebastián Casanello en la causa que investiga supuesto lavado de activos provenientes de la obra pública. En su presentación, Báez hijo afirma que la investigación sólo está direccionada a su padre y que el juez no indaga sobre quién era el “beneficiario final” de las operaciones.

Me pregunto: ¿han cumplido su cometido quienes intervinieron en las diversas operaciones bancarias, contables, notariales y otras, que ha desarrollado Lázaro Báez y su familia a través de sus empresas o personalmente? ¿O a pesar de ello, las autoridades receptoras no han investigado ni, en su caso, han judicializado la cuestión para desentrañar quién es el “beneficiario final”?

¿Se ha investigado el perfil psicológico de Lázaro Báez? ¿Es un acumulador, como se dice de la persona que compra sin límite? ¿O esta característica la merecen el o los posibles beneficiarios finales?

Finalmente, dejo planteado un interrogante: ¿cuál fue la verdadera razón del “beneficiario final” para que Lázaro Báez compre la inmensa cantidad de tierras, especialmente en la Patagonia, donde contamos con recursos estratégicos? No es, a mi juicio, la actitud de un acumulador de fortuna en inmuebles. El fin último todavía no lo sabemos y debemos investigarlo.

Iris Pérez Serpa

* Escribana. Magister en Inteligencia Estratégica Nacional

Datos

La de Báez no es la actitud de un acumulador de fortuna en inmuebles. El fin último todavía no lo sabemos y debería ser investigado.

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