Limitan la compra de dólares y obligan a las exportadoras a liquidar divisas

Solo permiten adquirir hasta u$s 10.000 por mes. Habrá que pedir permiso al BCRA para montos superiores. Emplazan a exportadores a liquidar divisas. Buscan detener la sangría de reservas y aplacar la suba de la moneda.

El cepo se insinúa nuevamente ante una sangría de dólares que no se detiene. Ayer el gobierno nacional dispuso un tope de u$s 10.000 para la compra de dólares, así como para transferencias al exterior. Personas o empresas que deseen adquirir más, deberán informarlo a los bancos y será el Banco Central el que decida finalmente, Además, emplaza a los exportadores a liquidar divisas.

En los últimos días se intensificaron las alarmas: las reservas del Banco Central disminuían vertiginosamente en el afán de contener la trepada del dólar y, paralelamente, se observaba una fuerte tendencia a la extracción en instituciones bancarias.

Las medidas -adoptadas ayer en un domingo donde solo parecía dominar el Boca-River y las elecciones en ciudades clave de nuestra región- intentan controlar el mercado cambiario y “proteger a los pequeños ahorristas”.

Desde la entidad que dirige Guido Sandleris se aclaró que no habrá impedimentos para extraer dólares de cuentas para personas físicas ni jurídicas. Tampoco habrá restricción para viajes. La compra de pequeños montos también estará a salvo de las autorizaciones requeridas.

Es más, se reforzará el stock de dólares en las sucursales bancarias del país con el fin de que los clientes no tengan dificultades en la extracción. Asimismo, se autorizó a una extensión en el horario bancario, hasta las 17.

Qué dice el decreto


El decreto de necesidad y urgencia firmado ayer por Mauricio Macri establece:

• A partir de este lunes se requerirá autorización previa para la compra de dólares (con distinción entre instituciones, empresas y pequeños ahorristas), se obligará a las exportadoras a liquidar divisas (tendrán solo cinco días para hacerlo) y se permitirá a las empresas pagar impuestos con títulos públicos.

• El Banco Central deberá autorizar la compra de moneda extranjera y las transferencias al exterior en función de las condiciones vigentes en el mercado cambiario y distinguiendo la situación de los ahorristas particulares (personas humanas) y las personas jurídicas (empresas).

• Las personas no podrán realizar transferencias de fondos de cuentas al exterior por un monto superior a u$s 10.000 por mes.

• En cuanto a las personas jurídicas, los exportadores deberán vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).

• Para este grupo, no habrá restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento. Por su parte, las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.

• Los tenedores de algunos títulos de la deuda pública cuya fecha de vencimiento original se encuentre vencida, podrán darlos en pago para la cancelación de obligaciones de la seguridad social, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019. Entre ellas aportes y contribuciones del sistema previsional, servicios sociales y asignaciones familiares.

Justificaciones


Al justificar estas decisiones contenidas en el decreto, el gobierno sostuvo que “es necesario adoptar medidas transitorias y urgentes para regular con mayor intensidad el régimen de cambios y, de esa forma, fortalecer el normal funcionamiento de la economía, contribuir a una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real”.

El decreto ya fue publicado en una edición especial del Boletín Oficial.

Mañana los bancos operarán en su horario normal (extendido hasta las 17), es decir: no hay feriado bancario.

La reinstauración del cepo era, para el gobierno, una decisión que se quería evitar. Es que una de las banderas que enarboló la gestión Macri, apenas iniciada, fue precisamente el levantamiento de límites similares instaurados durante el kirchnerismo.

Sin embargo, no alcanzaron las medidas anunciadas días atrás por el ministro Hernán Lacunza, consistentes en el aplazamiento de los vencimientos de pago de deuda pública.

Tras las PASO, que mostraron un contundente respaldo al candidato del Frente de Todos Alberto Fernández (inesperado en su magnitud), las reservas del Banco Central se redujeron en cerca de u$s 12.000 millones.

Las nuevas medidas

• Las personas físicas no podrán comprar más de u$s 10.000 por mes. Adquisiciones mayores deberán ser autorizadas por el BCRA.

• Además, no podrán realizar transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de 10.000 dólares por persona al mes.

• Los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de cinco días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities)

• No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.

• Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.

• Nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.

• No hay impedimentos para realizar comercio exterior.

• Tampoco hay restricciones sobre viajes.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios