Los perros se quedaron sin abogada: las razones que dieron los jueces

La investigación es sobre una carrera ilegal de galgos, el año pasado en Plaza Huincul. Excluyeron a la querellante. El debate sobre los animales como sujetos de derechos en primer plano.

«Legislativamente no hay nada que consagre al animal como sujeto de derechos» afirmaron los jueces del Tribunal de Impugnación que rechazaron el intento de una abogada de representar a un galgo en una causa donde se investiga una carrera ilegal de perros, ocurrida el año pasado en Plaza Huincul. «Hay muchos proyectos con esa mirada, pero no leyes (…) Los actos de crueldad toman como víctima a la persona, a un tercero que se puede ver afectado en su ética, su moral«, remarcaron.

En el fallo, cuyos fundamentos fueron dados en una audiencia oral vía Zoom, añadieron que el Código Procesal Penal de Neuquén sólo admite como querellantes a las personas humanas víctimas de un delito o a sus familiares.

El Código Procesal abre una puerta muy estrecha para el ingreso de la querella, y los jueces lo recordaron en su fallo.

Se mencionó el caso de Guillermo Coco, el exministro de Energía de Jorge Sapag: en esa ocasión el Tribunal de Impugnación admitió como querellante a la exdiputada Beatriz Kreitman. «Digo al pasar que en esa oportunidad la fiscalía se opuso. Era Marcelo Jara el fiscal, y no quería otro acusador», recordó el juez Richard Trincheri, encargado de pronunciar el voto al que adhirieron Florencia Martini y Fernando Zvilling.

La investigación de este caso empezó el 14 de julio de 2019 cuando se desbarató en Plaza Huincul una carrera de galgos en la que había 200 personas y se secuestraron 3 animales. Esa clase de espectáculos están prohibidos desde 2016 por la ley 27330 que impulsó una rionegrina, la entonces senadora Magdalena Odarda.

Hay siete imputados, defendidos por el abogado particular Sebatián Parazzoli y la defensora pública Vanessa Macedo Font. El fiscal jefe es Maximiliano Breide Obeid, quien presentará una impugnación extraordinaria ante el Tribunal Superior de Justicia.

Se llegó al Tribunal de Impugnación porque la defensa pidió la inconstitucionalidad de la ley que prohíbe las carreras de galgos y la ley de crueldad animal. También solicitó que se excluya a la abogada Noraly Melo como querellante.

Los jueces sólo hicieron lugar al apartamiento de Melo.

La audiencia ante Impugnación se realizó vía Zoom.

«Hay muchos proyectos, no leyes, donde se toma otra mirada que es la que reclama la querella, de tomar al animal como sujeto de derecho«, dice el fallo. «La mirada que se ha impuesto por lo menos legislativamente hasta ahora es que los actos de crueldad toman como víctima a la persona, a un tercero que se puede ver afectado en su ética, su moral«.

La otra, «la que trata de avanzar, es poner al animal como sujeto de derecho. Por ejemplo el caso de la orangutana Sandra, donde los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, de la Cámara de Casación, hablan de sujeto no humano».

Pero «no se ha impuesto eso en la legislación. Hay proyectos», insistieron los magistrados.

En cuanto al Código Procesal, señalaron que «el legislador no abrió la querella a nadie más que no sea el particular ofendido».

¿Por qué en el caso Coco sí admitieron a una legisladora como querellante? Porque, explicaron los magistrados, «Kreitman denunció un hecho que tenía que ver con una afectación de la administración pública que, de concretarse, iba a ser víctima toda la ciudadanía neuquina, y también Kreitman».


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