Multaron a un vecino y lo obligaron a remediar el daño en el río Bonito

La justicia de Faltas le dio plazo hasta hoy para pagar $2.170. Además debe realizar acciones para recuperar el medio

VILLA LA ANGOSTURA (AVLA) – Una multa y la obligación de remediar las alteraciones provocadas, a su propia costa, fue la sentencia de la justicia de Faltas que halló responsable a un vecino de ocasionar daños en la ribera y el lecho del río Bonito.

Leonardo Bessone tiene plazo hasta hoy para pagar una multa de 2.170 pesos, y deberá además seguir las indicaciones de la Dirección de Medio Ambiente municipal en las «tareas tendientes a lograr y asegurar que el medio alterado recupere su estado normal», según lo dispone la Resolución 309/04, que firma la jueza de Faltas, Graciela Berretta.

Los hechos que originaron la sanción se produjeron en el mes de mayo, cuando Bessone realizó movimiento de suelos en el mencionado curso de agua para proteger de la correntada un lote que posee sobre la ribera izquierda.

Alertados los vecinos ante la presencia de dos máquinas excavadoras que removían el lecho del Bonito, se movilizaron hasta conseguir la intervención de funcionarios municipales y provinciales, que detuvieron los trabajos.

En su momento, Bessone argumentó que tenía autorización de Recursos Hídricos de la provincia para efectuar una obra de defensa costera, lo cual efectivamente quedó demostrado.

Sin embargo, en el ámbito municipal lo que se consideró como causal de la infracción fue la transgresión de la ordenanza identificada como 1271/02 de Movimiento de suelos y el Código Ambiental (Ordenanza 1169).

La primera de las normas estipula la obligación de solicitar autorización a la comuna y además prohíbe la extracción de material en cursos de agua.

En cuanto al Código Ambiental, tipifica el daño verificado en «parcial temporal», debido a que la superficie afectada supera los 500 metros cuadrados y es menor a 5 hectáreas.

Y temporal «ya que el efecto en condiciones normales durará de uno a tres años».

Por último, antes de fijar la pena, la jueza considera «que la autorización otorgada por la DPRH constituye un atenuante al accionar del infractor, lo que será tenido en cuenta al momento de cuantificar la condena».


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