La Municipalidad de Bariloche apeló un fallo que le ordena incorporar colectivos adaptados

Lo hizo la secretaría Legal y Técnica. Impugnó además la sanción conminatoria de 12.000.000 de pesos que le impuso al municipio el juez que admitió el amparo, para que cumpla la sentencia.

La Municipalidad de Bariloche apeló la resolución del juez Emilio Riat, quien ordenó ejecutar el cronograma propuesto por el municipio para incorporar en forma gradual colectivos adaptados para personas con discapacidad. Y sobre todo impugnó las sanciones conminatorias de 12.000.000 de pesos cuatrimestrales impuestas por el magistrado en caso de incumplimiento.

Fuentes oficiales aseguraron que la secretaría Legal y Técnica del municipio, Karina Chueri, presentó días atrás el recurso de apelación para tratar de dejar sin efecto la resolución de Riat, que integra la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Bariloche. Uno de los argumentos de la apelación “es porque no está justificado el monto de la sanción”, dijeron las fuentes.

Riat apercibió “a la ejecutada -Municipalidad de San Carlos de Bariloche- con sanciones conminatorias de $ 12.000.000 cuatrimestrales (lapsos compatibles con la magnitud de la obligación) en favor de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (Cruz Verde Rionegrina) hasta que se acredite el cumplimiento de la obligación” y citó jurisprudencia.

“En caso de hacerse efectivas dichas sanciones a partir del primer cuatrimestre, se pondrá tal circunstancia en conocimiento de la Fiscalía de Estado para su ejecución”, aclaró Riat.

Sin embargo, el magistrado denegó imponer un “apercibimiento de sanciones conminatorias personales contra los funcionarios porque el sujeto condenado y responsable es el Municipio demandado (artículo 87 de la Carta Orgánica Municipal), y las sentencias ejecutadas no implican un juicio de responsabilidad personal contra aquéllos (artículo 86 del mismo cuerpo normativo)”.


Antecedentes de un amparo que lleva 6 años


El 13 de julio de 2017, Riat admitió una acción de amparo que un grupo de ciudadanos había presentado contra la municipalidad para que se garanticen unidades adaptadas del servicio de trabsporte urbano de pasajeros para personas con discapcidad, sobre todo, motriz.

Pero a principios de 2019, la municipalidad presentó una propuesta ante el magistrado para adecuar el cumplimiento de esa sentencia. Riat admitió parcialmente la propuesta de la municipalidad, en una resolución que dictó el 12 de marzo de 2019 en su carácter de juez del amparo.

El municipio se comprometió en un cronograma a cumplir con la adecuación de paradores, a incorporar como mínimo 10 unidades adaptadas para mayo de 2019, más un incremento posterior y mínimo de 2 unidades semestrales hasta el último semestre de 2022 hasta “completar íntegramente el cumplimiento de la sentencia en el primer semestre de 2023”. Cuatro años después, no sumó ningún colectivo adaptado.

El 16 de junio pasado, Riat volvió a emitir una resolución en el mismo expediente, a partir de un requerimiento de las personas que presentaron el amparo y que promovieron la ejecución de la sentencia.

Para el juez, correspondía “imprimir a las actuaciones el trámite de la ejecución de sentencia”. Por eso, resolvió “llevar adelante la ejecución contra la Municipalidad hasta el cumplimiento de la obligación impuesta el 13 de julio de 2017, con las modalidades establecidas el 12 de marzo de 2019”.

“En materia de transporte público de pasajeros y hasta la acción ejercida por los amparistas, la Municipalidad local llevaba muchos años de inobservancia absoluta del Sistema de Protección Integral de Discapacitados (Ley Nacional 22431), al que había adherido (Ordenanza 1963-CM-09), en virtud del cual debía concretar un cronograma progresivo de incorporación de unidades adaptadas hasta llegar a la renovación total de la flota en el año 2002 (artículo 22 del Decreto Reglamentario 914/97, modificado por el Decreto 467/98)”, recordó el magistrado en el fallo de 2017.

“Con otras palabras, merced a la acción de los interesados se ha puesto nuevamente en agenda un derecho social amenazado por la postergación de diez años más de inactividad, ante el fracaso de la licitación pública del servicio y la celebración de un contrato directo por ese lapso sin contemplar la cuestión”, afirmó Riat en 2017.


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