Las comunidades mapuche de Bariloche podrían tener voz y voto en las decisiones de gobierno
El intendente Gennuso impulsa la creación de un programa en el que otorga protagonismo a los Pueblos Originarios, con decisiones vinculantes y presupuesto propio.
A poco más de dos meses de finalizar su mandato, el intendente Gustavo Gennuso promovió la creación del Programa Permanente de los Pueblos Originarios y una comisión, con presupuesto municipal asignado, como parte de las políticas públicas en las que se trabajó junto a comunidades mapuches que habitan el ejido municipal de Bariloche.
En la última sesión del Concejo Municipal se aprobó la declaración y manifestación intangible del patrimonio cultural al Wñoy Xipantu (el año nuevo mapuche) y el mismo día se formalizó el ingreso del proyecto de ordenanza que presentó el Ejecutivo municipal para la creación del Programa de los Pueblos Originarios, que incluye la conformación de una comisión y la creación de un Observatorio Municipal de Derechos de los Pueblos Originarios. Ahora depende del trámite legislativo si se logra tratar antes del cambio de gobierno.
Un punto importante es que las decisiones de la comisión son de carácter vinculante, por lo que se difiere ampliamente de otras comisiones y organismos intermedios de la ciudad que no tienen estas facultades, como por ejemplo la Defensoría del Pueblo Municipal que solo puede emitir recomendaciones.
Bariloche, municipio intercultural
Bariloche es un municipio intercultural aunque hay escasas políticas públicas de integración de los pueblos originarios, no hay un área específica en el gabinete y la interacción se fortaleció desde hace un tiempo a través de la Subsecretaría de Cultura municipal que trabaja en conjunto con las comunidades mapuches de la ciudad, con quienes se organizaron actividades y muestras.
Ahora, el intendente Gennuso busca darle un marco de relevancia a este trabajo conjunto y promovió el proyecto que tiene entre los colaboradores al Parlamento Mapuche de Río Negro, la comisión plurinacional Furilofche, las comunidades Maliqueo, Buenuleo, Celestino Quijada, Tripay Antu, Nahuel Colhuan, Carriqueo, Huala Hue, la Organización Centro Mapuche y la Organización Pu Picheke Choique.
La iniciativa se fundamenta en los derechos de los pueblos originarios, reconocimientos internacionales, nacionales y de la propia Carta Orgánica de Bariloche.
En qué consiste el Programa de los Pueblos Originarios
El Programa Permanente de los Pueblos Originarios tiene por objetivo “desarrollar y coordinar políticas públicas para garantizar los derechos de los pueblos indígenas en el ejido municipal” y también se crea por ordenanza la Comisión Permanente de los Pueblos Originarios para llevar adelante el programa.
Uno de los puntos que establece la norma -en caso de ser aprobada- es que se deben arbitrar los medios necesarios para que “los espacios administrativos y de intervención municipal se adecuen paulatinamente para implementar y fomentar políticas públicas interculturales, en base al respeto, a la cosmovisión, filosofía y conocimiento ancestral de las comunidades indígenas locales en general, al pueblo mapuche y el idioma mapuzungun en particular”.
Se busca además promover el respeto a la identidad cultural, el acceso a la salud intercultural, el derecho a la educación bilingüe e intercultural, facilitar el acceso a la Justicia de las comunidades indígenas, fomentar el desarrollo de las comunidades indígenas y garantizar los mecanismos de consulta previa, libre e informada, y participación en la toma de decisiones de actos de gobierno y decisiones administrativas.
La iniciativa indica además que este programa va a contribuir en “la realización de gestiones destinadas al reconocimiento, la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan”; promoverá el etno-turismo y reconocerá la preexistencia del Pueblo Mapuche.
La Comisión Permanente de los Pueblos Originarios estará integrada por dos representantes del Ejecutivo, dos del Concejo Deliberante y 4 de las comunidades registradas en el ejido municipal. Para sesionar tendrá quórum con la mitad más uno de los miembros (es decir 5 asistentes) y se definirán cargos de presidente, vocales, tesorero y secretario, quienes deberán tener reuniones mensuales.
La comisión deberá definir su reglamento interno en un plazo de 90 días y las decisiones serán de carácter vinculante a los efectos de aprobar ordenanzas, resoluciones o cualquier otro acto de gobierno municipal en la materia.
Además se establece que la comisión deberá ser consultada previamente ante cada proyecto o decisión administrativa relacionada con la temática.
Comentarios