Nueve años para Marangel: «la cosificación de la mujer se plasmó en este caso»

Fue la pena que le impuso el juez Marcelo Zvilling al boxeador de Rincón de los Sauces. Criticó el método de la fiscalía y la querella para pedir 12 y 14 años.

Orlando Ademar Marangel sumó su segunda condena por delitos vinculados con la violencia de género. Esta vez fue un hecho más grave, se trata del abuso sexual de quien era su novia, a la cual sometió en su vivienda en mayo del año pasado.

Un jurado popular ya lo había encontrado responsable de abuso sexual con acceso carnal. Hoy el juez Fernando Zvilling le impuso la pena de 9 años de prisión. Criticó el sistema utilizado por la fiscalía y la querella para pedir penas más elevadas.

La fiscalía, representada por Pablo Vignaroli y Rocío Rivero, había solicitado 12 años, y los querellantes Marcelo Hertzriken Velasco y Joaquín Hertzriken Catena habían pedido 14, mientras que el defensor Gustavo Olivera fue por el mínimo previsto para el delito: 6 años.

Marangel siguió la audiencia desde su lugar de detención.

Durante el controvertido juicio, los jurados populares no dieron por probados otros graves delitos que también se atribuían a Marangel, como la privación de la libertad de la víctima y amenazas con armas.

La exnovia de Marangel presenció el veredicto vía Zoom. Después de sufrir el abuso tuvo que mudarse a otra provincia con su hija de 10 años.

Se trata de una joven de 26 años en estado de vulnerabilidad, que había llegado a Rincón de los Sauces sin conocer prácticamente a nadie y no logró formar un círculo de contención. Solamente tenía como referente afectivo a Marangel, un hombre acostumbrado a tratar a la mujer como objeto que ya había sido condenado por golpear a una pareja anterior.


«No es una cuestión matemática»


Al dictar su veredicto, el juez Zvilling indicó que la fiscalía y la querella pidieron las penas basadas “en el manual de persecución penal del Ministerio Público Fiscal” cuando en realidad se deben tener en cuenta “las pautas para mensurar la pena contenidas en el Código Penal”.

Según el manual «debían partir de la mitad entre la mínima y la máxima. Entonces el Ministerio Público Fiscal estimó que si la mínima es 6 y la máxima es 15, debía pedir 12 años. La querella compartió el razonamiento y con argumentos propios estimó que correspondían 14 años de prisión.»

“No es un modelo matemático, la pena debe ser proporcional con el hecho que se atribuye al condenado”, explicó el juez. “El criterio unánime en la provincia es que debemos partir del mínimo de la pena, 6 años en este caso, y analizar agravantes y atenuantes”.

Añadió que «una cosa son los protocolos de actuación para las audiencias, y otra la dosimetría penal que prevé el Código».


La perspectiva de género


Más adelante, Zvilling indicó que según la querella el desencadenante de la acción violenta de Marangel fue un whatsapp de su pareja. «Pero esta no sería la causa sino la consecuencia», discrepó el magistrado. Y aclaró: «la verdadera causa es el contexto de violencia de género y cosificación de la mujer que se vio plasmada en este caso».

«Eso que vio el imputado (en el teléfono de la víctima) y no le gustó, lo llevó a la conducta de abuso sexual por la que fue declarado culpable».

También cuestionó a «la defensa, que habló sobre las culturas, las violencias, que en el pueblo sería una cuestión cotidiana. Voy a disentir profundamente con Gustavo Olivera, lo que hace es no advertir que el sistema normativo pretende no describir las prácticas sino actuar sobre ellas, enviar mensajes para cambiarlas».

«En el caso de Marangel -continuó- según Olivera no sería reprochable porque sería parte de su cultura. Pero quedó demostrado que para Marangel no es desconocido el sistema penal, ya fue previamente condenado de un delito en el cual la violencia de genero era la base».

Aludió así a la sentencia anterior por lesiones, la víctima fue su expareja Fernanda Pereyra, luego asesinada por otras personas.

Agregó Zvilling: «Fue condenado y advertido, había una alerta sobre su persona. Sin embargo no sólo cometió un delito en el mismo contexto de violencia sino que intensificó su conducta hacia un delito de mayor gravedad».

En contra de la postura de la defensa, dijo que la violación de su novia «no es un ‘no’ que se transformó en un ‘sí’. Fue un acto violento ante un ‘no’ rotundo».

También indicó en el veredicto que «los reproches a la víctima (que formuló la defensa) sobre su conducta de vida no guardan ninguna relación con el hecho que se atribuye a Marangel. Hay que ser muy cuidadoso con esto, hacer reproches a la víctima es no interpretar debidamente la visión correcta de las cuestiones de género».


Orlando Ademar Marangel sumó su segunda condena por delitos vinculados con la violencia de género. Esta vez fue un hecho más grave, se trata del abuso sexual de quien era su novia, a la cual sometió en su vivienda en mayo del año pasado.

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