Ocho años por matar al ex de su pareja frente a los hijos, en Regina
Había agredido a la mujer y a uno de los nenes y el padre lo increpó
Violencia de género: tres condenas, una efectiva
A ocho años de prisión fue condenado un hombre de Villa Regina que mató al exmarido de la mujer con la que estaba en pareja. Esa madrugada del 3 de febrero del año pasado Dalmiro Arnaldo Jara, de 33 años, asesinó a puñaladas a Pablo Andrés Lucero, de 36. El hombre había irrumpido en la casa luego de que uno de sus hijos saliera llorando a la calle para contarle que Jara lo había agredido a él y a su mamá. Todo ocurrió delante de los cuatro hijos de la víctima, en una vivienda de la calle Frutillar al 1900 de Regina.
«Por qué le hacés esto a mi hijo?», gritó Lucero apenas entró a la casa, mientras tomaba por el cuello a Jara. En un segundo éste sacó una navaja de su cintura y le aplicó la primera puñalada al padre de los nenes, mientras los chiquitos lo empujaban para que desistiera del ataque y la madre gritaba «¡con el cuchillo no!». Trenzados en la pelea terminaron en la calle, donde Lucero recibió la segunda puñalada y quedó tendido boca arriba. «Me apuñaló», le alcanzó a decir la víctima a su nueva pareja, que lo esperaba en el auto.
Tras separarse de la madre de sus hijos Lucero se había radicado en Río Gallegos y estaba formado una nueva familia. El día que lo mataron estaba en Regina porque había ido a buscar a su hijo mayor para llevarlo de vacaciones. Ya habían emprendido el viaje de regreso al sur cuando el hombre advirtió que había olvidado el documento del nene, por lo que tuvo que volver a la casa. Eran casi las dos de la madrugada cuando Lucero estacionó en la calle Frutillar. Justo en ese momento, de la casa salió otro de sus hijos, llorando, y le contó que Jara estaba borracho y que lo había agredido a él y a su mamá. Entonces el hombre, enfurecido, entró a la casa a exigir explicaciones. Un minuto después ya se estaba desangrando.
El defensor de Jara, Gastón Marcó, pidió en el juicio la absolución del acusado por considerar que se trató de un caso de legítima defensa. Pero primó la opinión del fiscal de Cámara Andrés José Nelli, quien acusó por el delito de homicidio simple y valoró también los episodios de violencia previos que mencionó la madre de los nenes en su testimonio.
«Sostengo que al momento de los hechos Jara actuó con plena conciencia de infligir voluntariamente y de manera directa heridas mortales en una zona vital del cuerpo de la víctima, sin que hubiera demostrado que lo hubiera hecho apremiado porque corría un peligro de tal magnitud que hiciera justificable hablar de defensa, dado que tenía otros medios menos lesivos para responder en la emergencia, como golpes de puño, forcejeos, correr, etcétera», consideró el juez Oscar Gatti en su voto rector, al que adhirieron Gastón Martín y María Evelina García Balduini.
(Redacción central)
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