Ordenan al Ipross derivación urgente de un paciente

Es un joven que padece fibrosis quística.

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La Cámara Laboral ordenó al Ipross la derivación urgente de un paciente, que padece fibrosis quística, a un “centro asistencial adecuado de Buenos Aires” que admita su internación y pueda realizar las intervenciones médicas que requiere su patología. La medida cautelar promovida por el padre del joven enfermo –de 24 años– fue resuelta en los últimos días de julio, pero recién tomó estado público el viernes pasado. La obligación impuesta por los jueces Juan Lagomarsino, Carlos Salaberry y Ariel Asuad recayó sobre la delegada local de la obra social provincial, Silvia Gorosito, que contó con un día de plazo para acreditar las gestiones realizadas bajo apercibimiento de denuncia penal por “el delito de desobediencia” y eventuales acciones civiles. El paciente F.D.C. necesitaba una “embolización de arteria bronquial y evaluación de transplante pulmonar”, para lo que debía ser trasladado en forma urgente a través de un avión sanitario. El joven permanecía internado en la terapia intensiva del Sanatorio San Carlos con un cuadro de salud crítico y alto riesgo de vida. La derivación al Instituto Favaloro estaba autorizada y el avión sanitario estaba contratado, pero el traslado se demoró porque el prestigioso instituto de Salud mantenía cortadas las prestaciones al Ipross. A los pocos días –gestiones mediante– se levantó la restricción, pero la derivación continuó condicionada por la falta de camas en el Instituto Favaloro. Por tal motivo los jueces le ordenaron al Ipross que arbitre los medios necesarios para concretar el traslado a un centro asistencial “adecuado” que admita la internación del paciente y pueda realizar y garantizar las prácticas médicas que requiere su patología. En el fallo los jueces señalaron que “se encuentra vulnerado un derecho garantizado constitucionalmente como es la salud” y destacaron la “urgencia” del caso por la complejidad de la patología en tratamiento. La enfermedad pulmonar congénita que padece F.D.C. –fibrosis quística– deterioró su estado general de salud y comprometió otros órganos, lo que demandó un trasplante hepático, mientras que la medicación que debe tomar le trajo otras consecuencias, entre ellas diabetes. En su fallo la Cámara destacó que se encontraban configuradas la condiciones para el otorgamiento del amparo ante la existencia de un interés –el derecho a la salud– cuya tutela resultaba “imprescindible y urgente”. Son varios los fallos de la justicia que ordenan a la obra social provincial cumplir con algún aspecto de la cobertura a sus afiliados, debido a reiteradas falencias en las prestaciones. También Salud Pública de Río Negro recibió días atrás la orden de proveer medicamentos a enfermos oncológicos y transplantados de Catriel.

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El Ipross de Bariloche tuvo que cumplir varios pasos exigidos por la justicia para la derivación del paciente.


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