Piden participar en la reforma del Código Civil

La Confederación Mapuche asegura que no se cumplió con la consulta previa y que la reglamentación de la “propiedad comunitaria indígena” debe realizarse mediante una ley.

Por Redacción

NEUQUÉN (AN).- El Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas (Odhpi) y la Confederación Mapuche de Neuquén criticaron el ante proyecto de reforma del Código Civil. Aseguraron que no se cumplió con la consulta previa y que la reglamentación de la “propiedad comunitaria indígena” debe realizarse mediante una ley.

La presidenta Cristina Fernández dio a conocer un anteproyecto que busca reformar los Códigos Civil y Comercial. Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte Suprema estuvo a cargo de la comisión que elaboró la normativa propuesta, y que tendrá un período de análisis antes de que el Ejecutivo la envíe al Congreso para su tratamiento.

Uno de los tantos puntos de cambio se relaciona con los pueblos originarios y en particular con la propiedad comunitaria indígena. En líneas generales el ante proyecto lo que hace es establecer que “las comunidades indígenas con personería jurídica reconocida tienen derecho a la posesión y propiedad comunitaria de sus tierras”.

Jorge Nahuel, werkén de la Confederación Mapuche, cuestionó el texto. “Estamos muy preocupados por la iniciativa porque por un lado reduce un derecho constitucional al incorporarlo dentro de un título del Código”, sostuvo. En este sentido reclamó que la propiedad comunitaria mapuche es un derecho constitucional que debería estar reglamentado en una ley, en vez de ser incluido en el Código Civil.

Por su parte, una de las abogadas del Odhpi, Micaela Gomiz, aseguró que no hubo ningún tipo de consulta previa sobre un tema medular que atraviesa a los pueblos originarios: la propiedad de sus tierras.

La letrada también criticó que se establezca a las comunidades indígenas como personas jurídicas de derecho privado. “Esto significa que las sitúa al mismo nivel que las asociaciones civiles, que las fundaciones, que las sociedades comerciales, pese a que la Constitución Nacional las reconoce como preexistentes al Estado”, resaltó. En este sentido explicó que no se las puede considerar bajo el modelo de las personerías de derecho privado “porque el eje del respeto por la diversidad y el reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural supone que las relaciones entre el Estado y los pueblos indígenas son de derecho público”.

“Encuadrarnos dentro del derecho público es algo por lo que venimos luchando hace dos décadas, porque implica que el Estado no intervenga en nuestra vida interna”, agregó .

Comunidades mapuches: la Constitución Nacional las reconoce como preexistentes al Estado.


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