Piden que joven boliviano pueda entrar a la Policía

A un joven boliviano naturalizado argentino le denegaron el ingreso a la Policía rionegrina. La defensora del Pueblo pide que la fuerza modifique el régimen de incorporación

VIEDMA (AV).- Un joven boliviano quiere ingresar a la Policía de Río Negro, pero la fuerza provincial no se lo permite. La Defensoría del Pueblo solicitó que la institución modifique el régimen de ingreso y posibilite su incorporación.

Esta situación se asemeja a la petición de una mujer chilena que no podía ejercer la docencia en Río Negro por los impedimentos legales, lo cual, ya determinó una resolución de parte del organismo de control.

En el nuevo caso, la Defensoría del Pueblo resaltó que el régimen policial tiene exigencias que la constitución provincial no plantea para ser elegido gobernador o vicegobernador. La información se difundió a partir de una presentación del ciudadano boliviano -«naturalizado argentino»- ante la Defensora, Nilda Nervi, quien cuestionó la norma ya que se condiciona el reclutamiento, y el aspirante debe ser «argentino nativo o por opción».

El organismo reedita argumentos de la Corte Suprema de Justicia ya utilizados en el caso de la docente extranjera, expresando que esa jurisprudencia resalta «la igualdad de condiciones de los extranjeros en el ejercicio de los derechos constitucionales. En cuanto a los derechos civiles y especialmente, al desempeño de sus profesionales, los extranjeros están totalmente equiparados a los argentinos por prescripción constitucional (artículo 20 de la Constitución Nacional)».

El joven boliviano expresa en la Defensoría que obtuvo la ciudadanía argentina por naturalización, pero esa situación no es contemplada en norma legal que fija las exigencias para ingresar a la Policía rionegrina.

En ese sentido, la Defensora del Pueblo resaltó que «la adquisición de la nacionalidad por parte de extranjeros, los equipara a los nativos para el ejercicio de los derechos políticos, salvo excepciones como postularse al cargo de presidente o vicepresidente de la Nación».

Nervi manifestó que cualquier restricción para los ex

tranjeros debe «estar fundada en un interés vital del Estado -que debe acreditar- y la igual demostración acerca que esa limitación es la única alternativa posible para satisfacer el interés público alegado».

Descalificó «diferenciaciones entre argentinos nativos y por opción, por un lado y los argentinos naturalizados por el otro». La Suprema Corte de Justicia de Mendoza declaró la inconstitucionalidad de la ley local que impedía a los argentinos naturalizados ingresar como agentes de la policía. Asimismo, ese fallo mendocino calificó de «ilógica, prejuiciosa y contraria al llamado que la Constitución formula a los extranjeros que quieren tomar la nacionalidad Argentina, y afirmó la necesidad que las distinciones legislativas obedezcan a una objetiva razón de diferenciación, y pasen el control de racionalidad que justifiquen la diferencia en el tratamiento donde se da identidad de situaciones».

Esta distinción ni figuran en los requisitos para ser elegido gobernador o vicegobernador, ya que señala «ser argentino, con cinco años de ciudadanía en ejercicio». Así, para ocupar el más alto cargo en el Poder Ejecutivo, no se diferencia en los distintos tipos de nacionalidad (nativos, naturalizados o por opción), lo cual, permitió que dos de los gobernadores Pablo Verani y Miguel Saiz accedieron al máximo cargo aunque nacieron en el extranjero.


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