La Justicia rechazó la lista de Bertoldi porque tenía como avales a tres personas fallecidas

Si la lista que lleva como candidato a Martín Rodríguez y Javier Bertoldi no apela la decisión, Unión por la Patria contará con una sola lista, la Celeste y Blanca que postula a Pablo Todero.

La Justicia federal rechazó la apelación que había hecho la lista Neuquén por la patria en el frente Unión por la Patria porque detectó que presentó avales de tres fallecidos, de personas que no estaban afiliadas a ninguno de los partidos y porque incluyó el aval de una de las integrantes de la Junta Electoral que lo negó por estar en ese cargo.

Si la lista que lleva como candidato a Martín Rodríguez y Javier Bertoldi no apela la decisión, Unión por la Patria contará con una sola lista, la Celeste y Blanca que postula a Pablo Todero, para las elecciones PASO del 13 de agosto.

El fallo judicial avala la decisión de la Junta Electoral partidaria que había observado que los avales en papel no tenían coincidencia con el listado en formato digital y porque se incluyó a Marina Bergagna, una integrante de la junta partidaria, quien dijo desconoer haber dado su firma para esa lista.

La justicia civil de Neuquén encontró además a los avales que no están afiliados a ninguno de los partidos que integran el frente y a tres personas fallecidas.


La Justicia rechazó la lista de Bertoldi: qué dijo el fallo


Rechazó «que si bien en las planillas firmadas aparecen personas no afiliadas, ellas no fueron incorporadas al listado presentado en formato Excel para tal control, porque de los 789 avales que allí fueron cargados, 54 corresponden a personas no afiliadas a las agrupaciones que conforman la alianza».

En el fallo se admite que si bien quedan todavía 735 avales, cantidad superior al mínimo requerido de 688 avales conforme la suma de los mínimos indicados para cada una de las agrupaciones que conforman la alianza publicados por la CNE en su página web (Partido Justicialista 413, Unión Popular Federal 48, Partido Frente Grande 43, Partido Solidario 43, Kolina 43, Instrumento Electoral por la Unidad Popular 43 y El Frente y la Participación Neuquina 55), «no puedo dejar de advertir que al “error” aceptado por el apelante, de haber incorporado como aval el de una integrante de la junta electoral de la alianza que negó haberlo brindado, se le suman dos fallecidos advertidos entre esas 54 personas no afiliadas a Eva Caniuqueo y Carlos Esteban Betancur«.

El fallo sumó que entre los 735 avales de afiliados restantes, también se halló la presencia de un fallecido: Alfonso Oscar Lazzarano.

Estimó que no se encuentra demostrada la voluntad de un mínimo de 688 afiliados a los partidos que integran la alianza Unión por la Patria de este Distrito, de avalar la lista interna Neuquén por la Patria presentada para su oficialización en las categorías de precandidatos


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