Proponen incluir como una falta en Neuquén la difusión no autorizada de fotos y videos íntimos

Un grupo de diputadas impulsa un proyecto de ley que sanciona la violencia de género en entornos digitales. Plantea que la investigación en estos casos debe realizarla la fiscalía. Pide, además, la adhesión de la provincia a la "ley Olimpia".

La difusión no consentida de imágenes íntimas, la suplantación de identidad en línea, el hostigamiento virtual son formas en las que se expresa la violencia de género en entornos digitales. La diputada Gisselle Stillger (Arriba Neuquén) presentó un proyecto de ley que modifica el Código de Faltas de la provincia para incluir estas prácticas como contravenciones, al igual que lo hizo la Ciudad de Buenos Aires, y sancionarlas. Consiguió la adhesión de legisladoras de casi todos los bloques: Mercedes Tulián (Pro), Lorena Parrilli (Unión por la Patria), Daniela Rucci (MPN), Zulma Reina (Comunidad), Brenda Buchiniz (Cumplir) y María Cecilia Papa (Hacemos Neuquén).

En octubre de 2023 el Congreso aprobó la «ley Olimpia» que describe la violencia digital contra las mujeres como aquella conducta, acción u omisión que sea cometida, instigada o agravada, en parte o en su totalidad, con la asistencia, utilización y/o apropiación de las tecnologías de la información y la comunicación, con el objeto de causar daños físicos, psicológicos, económicos, sexuales o morales tanto en el ámbito privado como en el público a ellas o su grupo familiar.

También incluye la reproducción en el entorno digital de discursos de odio misóginos y patrones estereotipados sexistas o situaciones de acoso, amenaza, extorsión, control o espionaje de la actividad virtual, accesos no autorizados a dispositivos electrónicos o cuentas en línea, robo y difusión no consentida de datos personales.

Así se suma a los tipos y modalidades de violencias de género que ya están reconocidos.

La iniciativa de Stillger busca que Neuquén adhiera a la ley, pero que también incorpore al Código de Faltas estas conductas, para garantizarle a las personas que las sufren algún tipo de reparación por parte del Estado que hoy no tienen. Las penas serían multas, arresto de hasta treinta días o intervención del Dispositivo de Atención a Varones que ejercen violencia (DAV).

La diputada sostiene que las investigaciones en estos casos debe realizarlas la fiscalía de Neuquén, o sea estarían bajo la órbita del Poder Judicial.

El proyecto además modifica el artículo 53 del Código que especifica que el acoso sexual en la vía pública implica «molestar a una mujer» con «intención deshonesta».

La nueva redacción plantea que es cualquier «conducta de naturaleza sexual, no deseada y no consentida, que tenga el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, creando un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo. Esto puede incluir, pero no se limita a, gestos, comentarios, insinuaciones, solicitudes de favores sexuales, tocamientos no consentidos, exhibición de material pornográfico o cualquier otro acto de naturaleza similar».

«De casi todas las diputadas me han llegado propuestas para enriquecer el proyecto», aseguró Stillger, quien dijo estar dispuesta a que el texto sea modificado en comisión. «No creo que salga así tal cual como lo presenté», señaló. Afirmó que buscó tomar un tema que pudiesen trabajarlo todas de manera transversal, pese a sus notables diferencias político-partidarias.

Esta semana habrá sesión en la Legislatura por lo que tomará estado parlamentario y podrá comenzar el debate.

La diputada agregó que esto es «un parche» porque es el Congreso el responsable de definir si considera delito o no alguna de estas conductas. Hay una propuesta en la Cámara de Diputados para que lo sea y lleva el nombre de «ley Belén» en homenaje a Belén San Román, una joven policía de Bragado que se suicidó luego de que su expareja viralizara fotos íntimas, con el fin de humillarla y extorsionarla.

«Es una opinión mía personal, pero en el Congreso hay un montón de proyectos que están tratando de regular esto como un delito, como lo es en un montón de países, y no se trata. ¿Y por qué no se trata? Por qué no los afecta a los varones. Por qué el 99% de las denuncias que se hacen con respecto a este tema son mujeres», indicó.


Impacto en el silenciamiento de las voces


Dentro del universo de la violencia digital hay ataques dirigidos a políticas, periodistas y activistas de derechos humanos, no exclusivamente mujeres, sino personas del colectivo LGBTIQ+. Lucila Galkin Sutton, directora de Género y Diversidad en Amnistía Internacional Argentina, explicó que los movimientos feministas en el país «vienen manifestando que la violencia de género en entornos digitales tiene un impacto en el silenciamiento de las voces de las mujeres y disidencias, en su autocensura, como también en su salud mental, en la posibilidad del desarrollo profesional«.

Aseguró que hay «una gran falencia todavía en los ministerios públicos fiscales en los procesos de investigación de la violencia basada en género en los entornos digitales. Creo que falta poder entender todas las dimensiones de la problemática. Muchas veces se ve la agresión como un hecho aislado. Hay que verlo en contexto».

Afirmó que lo que circula son «amenazas de violaciones correctivas, a su corporalidad, a su identidad de género, a las agendas que cubren con el objetivo de deslegitimarlas».

Como hay una gran gama de hechos, no todos requieren de la respuesta punitiva. «Hay muchas medidas que se tienen que adoptar desde el Estado para intervenir en estos casos. Estamos en un Estado que no produce datos ni estadísticas sobre esta problemática», insistió.

Tampoco están entablados, dijo, los diálogos con las plataformas en función de «los principios de Naciones Unidas de empresas y derechos humanos, de cumplir con ciertos estándares y promover el respeto a los derechos humanos en las plataformas».

Amenazas de violaciones correctivas, ataques a la corporalidad y a la identidad de género, son algunos de los mensajes que circulan en estos ataques. Foto Cecilia Maletti.

Uno de los cuestionamientos cuando se abre esta conversación es el perjuicio que pueden ocasionar a la libertad de expresión.

«Primero que los discursos de odio no están amparados en la libertad de expresión. Los discursos de odio se encuentran contemplados en, por ejemplo, la Convención Americana de Derechos Humanos que tiene jerarquía constitucional. La afectación de derechos de otras personas como todo representan un límite. Eso por un lado, y entender que ante la falta de medidas frente a la violencia en entornos digitales lo que termina pasando es al revés: es vulnerar la libertad de expresión, no sólo de las mujeres que están agredidas, sino que hay un disciplinamiento a otras mujeres que al ver lo que le sucede a mujeres públicas deciden no manifestar sus opiniones por miedo a las represalias», mencionó Galkin Sutton.

Enfatizó que Amnistía, como un organismo internacional de protección de los derechos humanos, entiende que «el disenso, la crítica es sana para el debate público» eso «no significa justificar cualquier tipo de mensaje que genere un daño, y hoy vemos que estamos en un contexto en lo que se busca de alguna manera es demonizar a los feminismos y que sean el chivo expiatorio de todos los males que está atravesando la sociedad, la profunda crisis económica, política y social que estamos atravesando y creo que esto tiene que ser leído en este contexto».


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