Río Negro: la Legislatura evalúa fondo judicial para sus jubilados

Se sumará al haber previsional. Prevé compensar a los trabajadores que se retiren porque no están incluidos en el régimen jubilatorio de los jueces y funcionarios que cobran el 82% de sus haberes en actividad. El proyecto se trasladó en consulta al STJ.

Redacción

Por Redacción

La Legislatura pidió la opinión al Superior Tribunal de Justicia para la creación de un aporte adicional para los empleados judiciales que se jubilen.

Ese pago podrá representar hasta el 18% del último haber bruto en actividad, según el texto de la iniciativa en análisis en Asuntos Sociales y presentada por el legislador del Frente de Todos, Pablo Barreno.

Su autor explicó que la Comisión -que preside Graciela Valdebenito- ya dio «plena aceptación» aunque, igualmente, se requirió una conclusión del máximo tribunal y del ministerio de Economía.

Se trata de un Fondo Compensador, con aportes del Estado y de los agentes, destinado a mejorar los haberes previsionales de los trabajadores que no están incluidos en la ley N° 24.018.

Desde el 2010, el Poder Judicial rionegrino fue incluido en ese régimen nacional N° 24.018, que garantiza un haber previsional del 82% móvil para jueces y funcionarios. El beneficio no alcanza a los trabajadores.

Ese Fondo se compondrá con un aporte mensual del 4% del Poder Judicial y otro 2% del «total de las remuneraciones percibidas por los agentes».

El Poder Judicial -como empleador- será el agente de retención.

Según la iniciativa, su administración se compondrá con un representante del Superior Tribunal de Justicia y otro del gremio Sitrajur.

Esta compensación jubilatoria está prevista para el personal que «no están comprendidos entre los beneficiarios de la Ley N° 24.018». Se trata de «garantizar el pago de un monto complementario vitalicio para los trabajadores del Poder Judicial».

Esa asignación se establecerá con el parámetro que el «monto en concepto de jubilación» no podrá superar el 18% del último haber bruto del agente en ocasión del cese laboral. Será revisado cada seis meses como mínimo.

En el caso de las pensiones, el pago será el 75% de la suma que debería cobrar ese trabajador como jubilado del Fondo.

En los fundamentos, Barreno detalla que el sistema jubilatorio en la Justicia rionegrina «es discriminatorio» porque se garantiza un 82% en los cargos superiores mientras que el resto del personal tiene jubilaciones «del 35% y el 45%» de sus salarios, incluso «perdiendo la pertenencia a la Obra Social».

«La respuesta a esa desigualdad -agrega- la puede dar la Legislatura» entonces propone la «creación de un régimen” de “beneficios de la seguridad social”, con “jubilaciones y pensiones móviles».

Un Fondo Compensación -manifestó el legislador frentista- «puede ser una alternativa de reconocimiento” a una “persona cuando se jubila».

Aportó, además, que este sistema compensador ya «opera en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires» donde se presentan «las mismas características que Río Negro», es decir, sus Cajas Previsionales fueron transferidas a la Anses.


Ese Fondo Compensador se compondrá con un aporte mensual del 4% del Poder Judicial y otro 2% del agente del “total de su remuneración, con los complementos”.



La Legislatura pidió la opinión al Superior Tribunal de Justicia para la creación de un aporte adicional para los empleados judiciales que se jubilen.

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