Por ley, promueven la protección y asistencia a personas en situación de calle

Se sancionó la ley a nivel nacional. En Río Negro hay un proyecto similar sin tratar. Se deberá realizar un relevamiento.

Con la aprobación del Senado, después de 7 años de debate, se convirtió en ley la promoción de derechos y garantías de las personas en situación de calle y en riesgo de calle, que establece una red nacional de centros de atención, un relevamiento anual y políticas públicas para atender esta demanda.

El crecimiento de personas en situación de calle, profundizado con la pandemia, finalmente comprometió a los parlamentarios que en la última sesión de senadores de la semana pasada, junto a una serie de decretos de necesidad y urgencia, aprobaron la normativa que impulsaron legisladores del Frente de Todos, entre ellos la rionegrina Silvina García Larraburu que desde 2014 insiste con la iniciativa que trabajó con organizaciones vinculadas a la temática, entre ellas la Red Solidaria y el Hogar Emaús, de Bariloche.

García Larraburu, al debatir la ley, destacó el trabajo territorial que realiza el hogar Emaús en sus distintas sedes en la cordillera: “Ellos son nuestro faro y queremos que este tipo de experiencias se multipliquen en la Argentina”, valoró.

A nivel provincial existe un proyecto de ley similar que promovió a mediados de año la jefa del bloque Frente de Todos, María Eugenia Martini, pero aún no se trató.

Con esta ley, el Estado nacional a través del Ministerio de Desarrollo Social deberá realizar en el plazo de 180 días desde la publicación de la norma, un relevamiento, que luego será anual, de la población afectada para poder tener un diagnóstico real para la implementación de las políticas públicas de alcance nacional que se deben diseñar.

Además se creará una red nacional de centros de integración social con atención las 24 horas con espacios terapéuticos, talleres y actividades de formación, capacitación y ocupación laboral; se deberá instaurar un sistema nacional de atención telefónica y atención móvil para la intervención inmediata y ofrecer capacitaciones a las personas que intervienen en la atención de personas en situación de calle.

El Estado además debe realizar acciones para la tramitación gratuita de todos los documentos necesarios para acreditar la identidad personal, y también garantizar el acceso de servicios públicos y ayudas sociales.

La ley define a las personas en situación de calle a aquellas solas o grupos familiares que habiten en la calle o espacios públicos de forma transitoria o permanente y que utilicen servicios socio-asistenciales o de alojamiento nocturno. También encuadra en las personas “en riesgo de situación de calle” a quienes se encuentren en establecimientos médicos, penitenciarios u otros y que no tengan una vivienda para el momento del egreso; quienes tengan sentencia de desalojo y no tengan recursos para procurarse una vivienda o quienes habiten asentamientos precarios sin acceso a servicios públicos esenciales o estén en condiciones de hacinamiento.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios