Pornografía infantil: prisión efectiva para Runge

El exprofesor barilochense aceptó una condena de tres años, por la distribución de imágenes de menores con fines sexuales. Su abogado defensor pidió que quede detenido en su domicilio.

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Después de que la causa penal diera un extenso recorrido por el laberinto judicial, el exprofesor Ricardo Runge será condenado finalmente a 3 años de prisión efectiva. El defensor particular Marcelo Ganuza ya pidió la prisión domiciliaria al Tribunal y señaló que como Runge no tiene antecedentes penales, la ejecución de la pena debería ser condicional. Runge, de 69 años, aceptó la propuesta del fiscal Eduardo Fernández en un juicio abreviado. El funcionario judicial reformuló los cuatro hechos que en principio se le imputaban al exprofesor y lo acusó solamente por el delito de distribución de material pornográfico con imágenes con fines sexuales de menores de 18 años, informó ayer una alta fuente judicial. El vocero consultado indicó que Runge admitió su responsabilidad por ese hecho y estuvo de acuerdo con la pena de 3 años de prisión efectiva que propuso el fiscal. El defensor de Menores e Incapaces Manuel Cafferatta y la querellante Natalia Araya, en representación de la APDH local, estuvieron de acuerdo con la propuesta. También Ganuza dio su consentimiento. La audiencia se realizó el viernes en absoluto hermetismo. Recién trascendió ayer el acuerdo que homologaron los jueces de la Cámara Criminal Segunda, Silvia Baquero Lazcano, César Lanfranchi y Héctor Leguizamón Pondal. El caso Runge trascendió a mediados de 2009 a partir de una investigación que inició la Policía de Australia e Interpol de Londres que llegó en primera instancia a un juzgado de la ciudad de Buenos Aires, que se declaró incompetente y envío la investigación a un juzgado de Instrucción de Bariloche. Se realizaron allanamientos y hubo secuestro de material pornográfico en el domicilio del imputado. Runge fue procesado en noviembre de 2009 por el entonces juez Instrucción Miguel Ángel Gaimaro Pozzi. Estaba acusado de cuatro hechos, porque el quinto que se le imputaba por “haber almacenado con fines inequívocos de distribución durante el período comprendido entre el 16 de diciembre de 2008 y el 1 de julio de 2009”, en su domicilio de la calle San Martín al 200 de esta ciudad, prescribió. Por eso, el juez Martín Lozada dictó a finales del año pasado el sobreseimiento parcial del acusado por ese quinto hecho. Mara Bou señaló ayer desde la APDH a Río Negro que “tuvimos que aceptar este vericueto de la Justicia porque había peligro de que la causa prescriba”. “Esto es gracias a los jueces que protegen a los delincuentes que no son los de bajos recursos. Ya tenemos experiencia en esto, porque lo mismo ocurrió con el caso Gilio”, afirmó. Ganuza explicó ayer que estaba haciendo el trámite ante el Tribunal para obtener el beneficio de la prisión domiciliaria porque puntualizó que Runge es viudo y tiene a su cargo un hijo discapacitado. Recordó que cualquier ciudadano sin antecedentes penales tiene derecho a la ejecución condicional cuando la pena es de 3 años de prisión. Y afirmó que “este juicio fue un circo y la prisión efectiva fue sólo para calmar a algunos tarados”.


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