Rechazan amparo de la 3 de Mayo
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La empresa concesionaria del transporte público de pasajeros 3 de Mayo acudió mediante una acción de amparo ante la Cámara Civil y Comercial de Bariloche para que intime al municipio a actualizar tarifas, pero la Justicia rechazó la medida porque están vigentes los plazos administrativos. Se mantienen así los valores del 2012. La concesionaria indicó que el municipio debe actualizar las tarifas vencidas en octubre de 2012, pero la municipalidad respondió ante la consulta de la Cámara que ya en junio había emitido la resolución 1121 para que la empresa cumpla con la entrega de información respecto del servicio y costos antes del 30 de junio. También dijo que recién después de obtener la totalidad de la información pedida se procedería a auditar los datos “con la finalidad de determinarse en forma precisa el componente “costo por pasajero”, lo cual resulta esencial para el cálculo del sistema de costos del servicio público del transporte de pasajeros”. El juez Edgardo Camperi con el voto rector consideró que la municipalidad respondió a la demanda de la empresa antes de iniciarse el amparo judicial por lo que considera el rechazo de la acción judicial pretendida, ya que la administración contestó el requerimiento de la concesionaria del servicio. Asimismo, el magistrado admitió que tal vez la respuesta de la municipalidad solicitando información para establecer el costo por pasajero, no es la respuesta esperada por la empresa “en una economía en la cual se aprecia una constante suba de precios que repercuten en los costos de la prestataria” como repuestos, cargas salariales, mantenimiento, que son imprescindibles para sostener el servicio.
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La empresa concesionaria del transporte público de pasajeros 3 de Mayo acudió mediante una acción de amparo ante la Cámara Civil y Comercial de Bariloche para que intime al municipio a actualizar tarifas, pero la Justicia rechazó la medida porque están vigentes los plazos administrativos. Se mantienen así los valores del 2012. La concesionaria indicó que el municipio debe actualizar las tarifas vencidas en octubre de 2012, pero la municipalidad respondió ante la consulta de la Cámara que ya en junio había emitido la resolución 1121 para que la empresa cumpla con la entrega de información respecto del servicio y costos antes del 30 de junio. También dijo que recién después de obtener la totalidad de la información pedida se procedería a auditar los datos “con la finalidad de determinarse en forma precisa el componente “costo por pasajero”, lo cual resulta esencial para el cálculo del sistema de costos del servicio público del transporte de pasajeros”. El juez Edgardo Camperi con el voto rector consideró que la municipalidad respondió a la demanda de la empresa antes de iniciarse el amparo judicial por lo que considera el rechazo de la acción judicial pretendida, ya que la administración contestó el requerimiento de la concesionaria del servicio. Asimismo, el magistrado admitió que tal vez la respuesta de la municipalidad solicitando información para establecer el costo por pasajero, no es la respuesta esperada por la empresa “en una economía en la cual se aprecia una constante suba de precios que repercuten en los costos de la prestataria” como repuestos, cargas salariales, mantenimiento, que son imprescindibles para sostener el servicio.
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