La Anmat prohibió la distribución y fabricación de dos productos médicos utilizados para cirugías

La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial. Se advirtió que carecía de documentación sobre su procedencia.

Debido a la falta de procedencia verificada y una calidad en duda sobre dos productos utilizados para intervenciones quirúrgicas, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización y distribución de lacas para osteosíntesis y puntas de shaver .La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial.

Qué productos médicos prohibió la Anmat


«Prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de los productos identificados como: Placas de osteosíntesis identificadas como “SM salud – Código E1999 – Material Elemento”, y Puntas de Shaver identificadas como “Arthroscopic Shaver Blade STRYKER – REF 0375-552-000 – Formula Resector Cuer 5.0 mm x 125 mm – LOT 23222CE2- FAB 2023-08-10 – VTO 2028-08-8”, señaló la disposición 6670/2025.

En los considerados de la norma se indicó que los productos no contaban «con documentación comercial de adquisición, por lo que se procedió a retirar las unidades en carácter de muestra para posterior verificación de legitimidad».

También se describió que que hubo una inspección de la sede de Stryker Corporation Sucursal Argentina, por tratarse de la responsable de importar legalmente dispositivos médicos de la marca Stryker.


«No es posible asegurar su funcionamiento y calidad»: la advertencia de la Anmat


Sumó que el Departamento de Control de Mercado de la Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEYGPMS) informó que los productos «se encuentran en infracción al artículo 19 de la Ley N° 16.463, y que toda vez que se desconoce su origen y que no es posible asegurar su funcionamiento y calidad, revisten riesgo para la salud de los potenciales pacientes».

Se determinó que la prohibición se comunique a «a las autoridades sanitarias provinciales y a las del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires», y además «a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dese a la Coordinación de Sumarios a sus efectos».

La disposición completa de la Anmat que prohibió la comercialización de dos productos médicos


A continuación, el texto completo de la disposición que se publicó este martes en el Boletín Oficial:


Debido a la falta de procedencia verificada y una calidad en duda sobre dos productos utilizados para intervenciones quirúrgicas, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización y distribución de lacas para osteosíntesis y puntas de shaver .La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial.

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