Oficial: ¿por qué ARCA sigue de cerca las transferencias en billeteras virtuales en abril 2025?
Los nuevos montos fueron informados en las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024. Los detalles.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aumentó a principios de este año los importes a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes. ¿Qué monto rige en abril 2025?
Este ajuste surge de la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Indec, de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024. Los nuevos importes comenzaron a regir para las operaciones ocurridas a partir de enero 2025.
En principio, esta medida no afecta a los consumidores. Simplemente, es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas. Sin embargo, si los montos superan ciertos límites, la ARCA podría solicitar documentación que respalde el origen de los fondos.
Transferencias en billeteras virtuales: los montos que rigen en abril 2025
En abril 2025, ARCA detalló que seguirá de cerca las transferencias y pedirá información a las entidades financieras y las billeteras virtuales si se superan los siguientes importes:
- $ 600.000:
Total de consumos con tarjetas de débito del país.
Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
- $ 1.000.000:
Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
- $ 2.000.000:
Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
ARCA: rige la obligación de discriminar el IVA
Todas las facturas emitidas por vendedores de bienes y servicios deberán detallar en el monto correspondiente al IVA contenido desde abril 2025, según una resolución de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
El régimen de transparencia fiscal comenzó a aplicarse en enero de 2024: en una primera etapa, la medida obligó a las grandes empresas a discriminar en sus facturas el IVA y otros impuestos nacionales indirectos que inciden en los precios que pagan los consumidores finales. La medida no alcanza a los monotributistas que seguirán facturando de la misma forma.
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