Una pareja fue condenada por 64 gramos de cocaína
El procedimiento se hizo en el 2011 en Cinco Saltos y el caso llegó a juicio a fines del año pasado. La fiscal federal no pudo acreditar la “tenencia con fines de comercialización”.
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CINCO SALTOS
CINCO SALTOS (AC).- Una pareja de Cinco Saltos fue condenada por la Justicia Federal por la tenencia de cocaína. Habían llegado juicio acusados por la comercialización de estupefacientes pero no se pudo corroborar tal actividad a pesar de que la Brigada de Investigaciones de Cipolletti presentó videos que daban cuenta de los “pasamanos” y de la concurrencia de varias personas que permanecían por unos pocos minutos en el domicilio de los imputados. Les aplicaron un año y medio de prisión en suspenso y pautas de conducta. El 30 de diciembre el Tribunal Oral Federal de Roca realizó un juicio abreviado y condenó a una pareja que reside en la calle Sargento Cabral del barrio Norte o Cañón de Cinco Saltos. El allanamiento se realizó el 30 de septiembre de 2011 y estuvo a cargo de la Brigada de Cipolletti, que previamente había realizado un trabajo de investigación. La causa se inició con el llamado anónimo de una persona que denunció a integrantes de una familia conocida como “pechos de palo”. Surgió de los videos que aportó la Policía de Cipolletti que varias personas se acercaron al domicilio investigado y que eran atendidos en la puerta, para luego retirarse. Dice el informe: “Estas acciones en general no duran más de tres minutos y dan cuenta de diversos momentos y transacciones usuales del comercio de estupefacientes”. En uno de los procedimientos, la Policía persiguió y detuvo a dos individuos que tenían en su poder “material estupefaciente” que habían adquirido en la vivienda investigada. El día que se realizó el allanamiento, la Brigada de Cipolletti secuestró 64 gramos de cocaína y algo de marihuana, además de balanzas, recortes de nylon, papeles con números telefónicos, cuchillos, cuadernos y agendas con anotaciones varias. En el debate, la fiscal Mónica Belenguer solicitó un cambio de calificación. Los procesados habían llegado a juicio acusados por el delito de “tenencia con fines de comercialización de estupefacientes”. Sin embargo los condenaron por “tenencia ilegitima”. Dijo la fiscal que “los elementos probatorios reunidos en la causa le generaban una duda razonable con respecto a motivar el elemento subjetivo del dolo que exige la norma del tipo penal agravado”, ya que si bien en el domicilio había varias personas no se pudo aseverar que eran los imputados quienes recibían a la gente que asiduamente concurría a la vivienda. Al momento de resolver, el tribunal tuvo en cuenta la falta de antecedentes y la cantidad de droga secuestrada. En el fallo se consigna que Juan Antonio Castillo, de 63 años, y su concubina Gloria Castillo, de 57, fueron condenados a un año y seis meses de prisión de ejecución condicional además de las pautas de conductas. Entre ellas le fijaron mantener buena conducta y presentarse en forma bimestral ante el Instituto de Asistencia de Presos y Liberados.
La Policía de Cipolletti investigó por varias semanas al matrimonio y luego de realizar filmaciones solicitó el allanamiento en su casa.
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