Unos 1.500 docentes tienen un mes para presentar antecedentes y pasar el control médico

Es para aspirantes a cargos interinos y suplentes. Unter pretende que se haga en los hospitales públicos

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Río Negro

VIEDMA (AV).- Unos 1.500 docentes deberán superar controles médicos y presentar certificados de antecedentes como condición indispensable para aspirar a un cargo interino o de suplencias, según el nuevo reglamento de ingreso a la actividad. Este procedimiento tiene como límite el 22 de febrero, fecha de comienzo de las asambleas. El Ministerio de Educación recordó las condiciones a cumplir para quienes deseen ingresar por primera vez, como medida previa al inicio de la relación laboral entre el Estado y el postulante. Así lo establece la Resolución N° 1930/15 del Consejo Provincial de Educación (CPE), que se encuentra vigente y que según la cartera educativa “fue sancionada por unanimidad por los vocales gubernamentales, el vocal representante de la Unión Trabajadores de la Educación de Río Negro (Unter) y la vocal madre” para las evaluaciones sanitarias. Se indicó que además, todo docente que aspire a tomar un cargo por primera vez en el sistema educativo rionegrino tiene la obligación de presentar su certificado de antecedentes (Resolución N° 2.622). Aún con ese aval, el secretario general del gremio docente, Mario Floriani, hizo una evaluación crítica del procedimiento a aplicar. Aludió a que durante la última reunión paritaria con el gobierno provincial “hicimos un fuerte cuestionamiento” en virtud de que “no se estaba garantizando (a los aspirantes) desde los hospitales públicos los exámenes preocupacionales, por lo tanto luego nos informaron que desde el 18 de este mes se contrataría a dos empresas” a fin de llevarlos a cabo. Sin embargo, en el recordatorio oficial nada se informó al respecto. No obstante, este requisito deja abierta la puerta para que sea eliminatorio para los aspirantes. Al respecto, precisó a “Río Negro” que el artículo 10 de la Resolución 1.930 plantea que si los aspirantes no pudieron concretar el trámite médico se le garantizará al docente la designación y posterior toma de posesión en el cargo u horas cátedra, y “si en el término de tres meses no los convocan para efectuarlo, quedará firme la designación” según lo estipulado en el artículo 19 de la Ley N° 391 (Estatuto del Docente).


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