Suspenden la ordenanza antifracking de Vista Alegre

La norma 783/16 prohibía la fractura hidráulica para las actividades petroleras que se realicen dentro del ejido municipal. La normativa quedará en pausa hasta tanto los magistrados resuelvan el pedido de inconstitucionalidad.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén dio lugar a la medida cautelar presentada por la Fiscalía de Estado provincial y resolvió suspender la ordenanza 783/16 de Vista Alegre, que prohibía el fracking (fractura hidráulica) para las actividades petroleras que se realicen dentro del ejido municipal.

La normativa quedará en pausa hasta tanto los magistrados resuelvan la cuestión de fondo: el pedido de inconstitucionalidad de la ordenanza objetada. El planteo realizado por Raúl Gaitán fue admitido formalmente por el TSJ, que ahora deberá analizar si el texto entra en contradicción con la Constitución Provincial.

El tribunal, en la resolución interlocutoria N° 7/17, también se expidió sobre el pedido de un grupo de vecinos para constituirse bajo la figura de “amigos del Tribunal”. Antes de definir si acepta o no la solicitud, exigió a los interesados acreditar una serie de requisitos para que el planteo pueda ser considerado.

La ordenanza causó malestar en el gabinete provincial ya que la localidad es gobernada por el MPN.


Vecinos de Vista Alegre realizaron ayer una protesta sobre Ruta 7 para reclamar la vigencia de una ordenanza antifracking. La norma fue suspendida por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que ahora deberá definir su constitucionalidad.

La ordenanza 783/2016 declaró al municipio de Vista Alegre libre de métodos de exploración y/o explotación por fractura hidráulica (fracking). El fiscal de Estado, Raúl Gaitán, promovió una acción de inconstitucionalidad ante el TSJ y solicitó que se suspenda su vigencia. Sostuvo que el municipio no tiene competencia en materia de hidrocarburos ya que, aseguró por mandato constitucional, está a cargo de la provincia.

Los vocales Oscar Massei y Soledad Gennari y el fiscal general, José Gerez, hicieron lugar a la medida requerida y le corrieron traslado al municipio, quien vencido el plazo, no contestó la vista.

“Venimos a defender una ordenanza que generamos el año pasado en nuestra comunidad que protege la zona productiva y prohibe la actividad de fracking en el ejido de Vista Alegre”, dijo Milton López, uno de los vecinos que llegó ayer hasta el edificio del TSJ, luego de manifestarse sobre la ruta. Él junto a un grupo fue recibido por Massei.

“Nos contó que el municipio había sido notificado el 2 de marzo y que hasta el momento no habían tenido una respuesta. La ordenanza se aprobó por unanimidad: cuatro concejales del Movimiento Popular Neuquino y tres del Frente para la Victoria y no fue vetada por el intendente. Le dio la continuidad que corresponde. Tenemos el acompañamiento del intendente y los concejales no entendemos porqué no respondieron al pedido de la precautelar”, agregó López.

Esta es la primera vez que el máximo tribunal de la provincia debe definir si un municipio tiene autonomía para legislar en la materia. Un caso de similares característica sucedió en la localidad de Allen. El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro declaró en 2013 la inconstitucionalidad de la ordenanza que prohibió la utilización del método de fractura hidráulica para la extracción de hidrocarburos.

“Estamos defendiendo el río, la zona productiva, la fruticultura como matriz productiva de nuestra localidad. La preocupación nuestra es el tema de la salud. Sabemos que la actividad de la hidrofractura acarrea en si la contaminación de muchos litros de agua, que no solamente se contaminan con químicos sino también con metales pesados”, señaló López.

El pedido de inconstitucionalidad del fiscal de Estado se basó en que el Municipio no tiene competencia en materia de hidrocarburos.

Zona estratégica

para el desarrollo

Uno de los yacimientos más importantes de Vista Alegre es el de Río Neuquén.

El proyecto piloto es por 5 años con vencimiento en 2020.

La inversión es para la perforación de 24 pozos.

Datos

El pedido de inconstitucionalidad del fiscal de Estado se basó en que el Municipio no tiene competencia en materia de hidrocarburos.

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