YPF entregó una copia del contrato con Chevron

La empresa le dio el contrato a la Justicia. Considera que no revelar los términos del mismo es una practica habitual en la industria “para no tener una posición desventajosa frente a sus competidores”.

¿Se conocerán las cláusulas?

YPF entregó hoy (23/02) una copia del contrato firmado con Chevron para el desarrollo del yacimiento Loma Campana a la Justicia.

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 7 intimó el 12 de febrero a YPF a cumplir con el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que le ordenó entregar una copia del acuerdo al diputado Rubén Giustiniani.

Según informó la empresa YPF, “al momento de la firma del contrato con Chevron, ocurrido el 16 de julio de 2013, YPF consideraba que no estaba alcanzada por el decreto 1172/2003 que reglamenta el ‘acceso a la información pública’, posición que había sido refrendada en sede judicial tanto en primera instancia como en segunda instancia. La decisión de incluir a YPF dentro de este decreto fue adoptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el 10 de noviembre de 2015”.

En ese marco, YPF insiste en que el contrato se encuentra bajo la ley de Sociedades Comerciales y “que la confidencialidad de sus términos tenía como objetivo salvaguardar información geológica, comercial y financiera, que son de valor estratégico para ambas empresas” considerando esto una práctica habitual de la industria.

En este sentido, YPF aclaró que al cotizar en las bolsas de Buenos Aires y de Nueva York “debe velar por los derechos de sus accionistas, tanto públicos como privados, por lo tanto, ve con preocupación el hecho de que se divulgue información confidencial que colocaría a la compañía en una posición desventajosa frente a sus competidores, contratistas y potenciales socios”. Por esto, la empresa solicitó “que se arbitren todos los medios necesarios para la correcta preservación de la misma”.

Por último, YPF cierra su comunicado expresando “su firme voluntad de cumplir con lo dispuesto por el decreto de acceso a la información pública sin perjuicio de recurrir a las protecciones previstas en la propia norma en materia de cuestiones industriales, comerciales, financieras y técnicas”.

rionegro.com.ar con información de la Agencia Neuquén.-


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